Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 25/5879 dirigida a Consejería de Salud y Consumo, Servicio Andaluz de Salud, Dirección Gerencia
La adecuación de las infraestructuras sanitarias a la realidad demográfica, social y territorial de cada municipio constituye un pilar esencial para garantizar el acceso equitativo a una atención sanitaria de calidad. Esta exigencia, reconocida tanto en la normativa autonómica como en los principios de planificación y eficiencia de los servicios públicos, requiere una labor constante de evaluación, previsión y coordinación institucional, a fin de dar respuesta a las necesidades actuales de la población, especialmente en zonas con crecimiento demográfico significativo o con una demanda estacional añadida derivada de la actividad económica local.
Respecto a la adecuación y planificación de las infraestructuras sanitarias, cabe traer a colación la siguiente legislación:
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El artículo 55.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía dispone que corresponde a la comunidad autónoma de Andalucía la competencia exclusiva sobre organización, funcionamiento interno, evaluación, inspección y control de centros, servicios y establecimientos sanitarios. Igualmente, establece, en su apartado 2, que le corresponde la competencia compartida en materia de sanidad interior, y en particular, entre otras materias, la ordenación, planificación, determinación, regulación y ejecución de los servicios y prestaciones sanitarias.
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El artículo 2 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, establece, entre otros, como principios inspiradores de las actuaciones sobre protección de la salud, los de consecución de la igualdad social y el equilibrio territorial en la prestación de los servicios sanitarios, así como la planificación, eficiencia y eficacia de la organización sanitaria. Igualmente, en su artículo 5, dispone que la actuación sanitaria de la Administración Pública de la Junta de Andalucía se regirá, entre otros, por los principios de planificación y participación.
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El artículo 1.a) del Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud establece, como competencia de la Consejería de Salud y Familias, la ejecución de las directrices y los criterios generales de la política de salud, planificación, asistencia sanitaria, consumo, políticas de promoción de las familias, asignación de recursos a los diferentes programas y demarcaciones territoriales, alta dirección, inspección y evaluación de las actividades, centros y servicios sanitarios. Igualmente, el artículo 12.j) dispone que corresponde a la persona titular de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, la programación, dirección y fijación de criterios de gestión de las obras, equipamientos e instalaciones del Servicio Andaluz de Salud y de las entidades adscritas.
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El artículo 11 del Decreto 156/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, le asigna al Servicio Andaluz de Salud el ejercicio de la gestión de los recursos humanos, materiales y financieros que se le asignen para el desarrollo de sus funciones; y el artículo 12 de dicho decreto asigna a la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud la función de la programación, dirección y fijación de criterios de gestión de las obras, equipamientos e instalaciones del Servicio Andaluz de Salud y de las entidades adscritas.
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El artículo 16 de dicho decreto otorga a la Dirección General de Gestión Económica y Servicios las atribuciones referidas a la propuesta, implantación, seguimiento y evaluación de los criterios de distribución de la financiación en los centros del Servicio Andaluz de Salud, así como a la definición, dirección, seguimiento de la ejecución y evaluación de la política de contratación de obras, bienes y servicios del Servicio Andaluz de Salud y de la entidad adscrita al mismo.
En relación con esta labor de planificación, el Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 26 de febrero de 2019, por el que se toma conocimiento del Informe de la Consejería de Salud y Familias sobre la realización de inversiones en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud durante el año 2020, expone en su Preámbulo que «hasta la fecha el Servicio Andaluz de Salud, no ha contado con un instrumento de planificación que recoja las necesidades de recursos materiales para el cumplimiento de los fines que le han sido asignados» y afirma que «la necesidad de definir y contar con un documento de planificación se hace imprescindible, dado que las infraestructuras y equipamientos requieren de una programación a medio plazo, donde se tengan en cuenta los movimientos demográficos y las nuevas necesidades asistenciales de la población residente en Andalucía, y que para la elaboración de dicho documento es imprescindible contar con la participación de todos los profesionales que gestionan y usan dichos recursos.»
Con dicha fecha, el Consejo de Gobierno instó a la Consejería de Salud y Familias a la constitución en el seno del SAS y en cada una de las provincias, de grupos de trabajo que detectaran las necesidades de infraestructuras sanitarias en cada una de las mismas y, en base a sus estudios, se elaborara el Plan de Infraestructuras Sanitarias de Andalucía 2020-2030.
En el mes de abril de 2019, la Viceconsejería de Salud y Familias emitió el documento «Metodología para la elaboración del Plan de Necesidades Asistenciales e Infraestructuras Sanitarias 2020-2030», con directrices para la conformación, en cada provincia, de los grupos de trabajo necesarios para ello, en cuya composición daba cabida a los titulares de las Delegaciones Territoriales de la Consejería, otros órganos de dichos centros directivos, las Direcciones de las Áreas de Gestión Sanitaria, Distritos de Atención Primaria y hospitales del Servicio Andaluz de Salud, Sindicatos, Colegios Profesionales, Asociaciones de Pacientes, la Federación Andaluza de Municipios y Provincias, etc.
Así pues, durante el primer semestre de dicho año se constituyeron cada uno de los grupos de trabajo en las diferentes Delegaciones Territoriales.
No obstante, no consta que llegara a publicarse dicho Plan de Infraestructuras Sanitarias de Andalucía 2020-2030, que en todo caso quedó afectado por el impacto de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. De hecho, la Consejería de Salud y Familias, a través del Servicio Andaluz de Salud, elaboró un informe en el que se recogen, a modo de resumen, algunos aspectos de las inversiones realizadas por el SAS durante el año 2020, publicado en el Acuerdo de 16 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se toma conocimiento del Informe de la Consejería de Salud y Familias sobre la realización de inversiones en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud durante el año 2020. Precisamente en dicho informe se recoge que en el año 2020 se realizó la aludida reforma en el Centro de Salud de Moguer por valor de 103 668,98 €.
La Consejería de Salud y Consumo ha puesto de manifiesto en la Resolución de 23 de enero de 2024, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se encomiendan a don Miguel Ángel Reyes Tejada funciones de ordenación, actualización, priorización y ejecución de los Planes Provinciales de Infraestructuras Sanitarias del Servicio Andaluz de Salud, los obstáculos detectados desde 2019 y que requieren la designación de una persona que coordine estas funciones:
«Sexto. El tiempo transcurrido desde la adopción del Acuerdo del Consejo de Gobierno ha puesto de manifiesto, no solo que la multiplicidad de agentes que intervienen en la programación de las infraestructuras sanitarias hace difícil la elaboración consensuada del referido Plan, sino que, además, este es un instrumento vivo y cambiante en tanto que la actividad de gestión que procura a los Centros, Servicios y Establecimientos sanitarios nuevas estructuras y medios, muda las prioridades y modifica las relaciones de infraestructuras sanitarias necesarias en cada momento.
Séptimo. A mayor abundamiento, la actual configuración de la gestión económica del Servicio Andaluz de Salud se caracteriza por la convivencia de una estructura regional y otra provincial representada por las Centrales Provinciales de Compras. Ante estas circunstancias, y dado que esta coyuntura no encuentra reflejo en la relación de puestos de trabajo del SAS, se requiere de una adecuada coordinación central en la ordenación, actualización, priorización y ejecución de los Planes Provinciales de Infraestructuras Sanitarias del SAS, en orden a su mayor efectividad y eficiencia en la asignación de los recursos.»
Por último, en noticia publicada en la Web de la Consejería de Salud y Consumo, con fecha 14 de noviembre de 2024, se recoge que la Consejera ha destacado en el Pleno del Parlamento que, entre 2019 y 2025, el Gobierno de la Junta ha destinado 2892 millones de euros a infraestructuras sanitarias, mientras que en el sexenio anterior (2012-2018) esta inversión fue de 661 millones de euros. Según se indica, «esta inversión ha permitido poner en marcha 64 nuevos dispositivos sanitarios y, con una inversión cercana a los 2000 millones, llevar a cabo otras 1800 actuaciones entre reformas, ampliación y nuevos centros», manifestando asimismo la Consejera que «uno de los compromisos de esta Consejería es que todos los andaluces, tanto profesionales sanitarios como pacientes, dispongan de las mejores infraestructuras posibles acordes a un modelo sanitario de calidad y moderno, y proporcional a la población que atiende».
Trasladando las necesidades de planificación y adaptación de las infraestructuras sanitarias a un caso concreto, esta Institución ha tenido conocimiento que existe una demanda particular relativa a la saturación y falta de espacio que padece el Centro de Salud de Moguer (Huelva), dado que desde su inauguración en el año 1992, la población ha aumentado en más de un 100%, pasando de una población inferior a los 12 000 habitantes de 1991 a las 24 847 registradas a 15 de enero de 2025 en el Padrón Municipal, a lo que habría que añadir a los/as trabajadores/as temporeros/as que se desplazan durante varios meses al año a la localidad.
Dicha demanda se ha trasladado a la administración sanitaria mediante la remisión de numerosas peticiones a la Consejería de Salud y Consumo, incluyendo 5450 firmas de ciudadanos/as, un número importante teniendo en cuenta que la población del municipio.
De la información recabada y de noticias aparecidas en medios de comunicación, se observa una importante discrepancia desde hace años entre el Ayuntamiento y la Delegación Territorial de Salud y Consumo en Huelva en cuanto a las posibles soluciones. Así, mientras que el Ayuntamiento reclama la construcción de un nuevo centro de salud, para lo que desde el año 2010 ha puesto a disposición de la Consejería una parcela municipal destinada a uso dotacional, desde la Delegación Territorial se defiende la ampliación del centro, para lo que el Distrito Sanitario efectuó una propuesta, solicitando una cesión de espacios municipales (el patio colindante con la Policía Municipal) que el Ayuntamiento no quiso aceptar, estimando que dicha propuesta no constituía una verdadera solución al problema.
La Delegación Territorial manifestaba en la citada noticia de prensa que «ante la falta de colaboración y la negativa del Consistorio, la administración sanitaria andaluza se ha visto obligada a ejecutar dichas mejoras haciendo uso de los recursos disponibles».
Se recoge en una noticia de prensa de octubre de 2024 que, en el año 2020, gracias a una inversión de 104 000 euros por parte del Distrito de Atención Primaria Condado-Campiña, se ejecutó una actuación que habría permitido incorporar tres nuevas consultas para el área de urgencias y una nueva sala de estar de profesionales, así como despachos para el trabajador social y la dirección. También se recogía en la noticia que se estaba finalizando otro proyecto de reforma reconvirtiendo más espacios interiores del centro con un coste de 50 000 euros, a fin de dotarlo de otras tres nuevas consultas, aseo de pediatría y almacén de farmacia.
Por lo cual, en los últimos 5 años se habrían invertido más de 150 000 € en las reformas del centro de salud, si bien de la información recabada se desprende que se podría haber empleado otro espacio municipal para ampliar el centro de salud, a lo que el Ayuntamiento no habría accedido, por lo que se han debido reconvertir otros espacios.
La propuesta del Ayuntamiento, en todo caso, pasaría no solo por la construcción de una nueva instalación, sino sobre todo por la correspondiente dotación del nuevo centro con más personal, por lo que la construcción sin más de un nuevo edificio solo resolvería algunos de los problemas puestos de manifiesto, tratándose de dos problemas concurrentes y diferenciados.
En atención a todo lo expuesto, consideramos procedente iniciar una queja de oficio por aplicación de lo establecido en el art. 1 y 10.1 de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, solicitando informe a la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud en relación con las siguientes cuestiones:
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En primer lugar, detallando cómo se realiza actualmente la planificación de las necesidades de infraestructuras y equipamientos, el funcionamiento de los grupos de trabajo provinciales (que al menos inicialmente estaban compuestos por los titulares de las Delegaciones Territoriales de la Consejería, otros órganos de dichos Centros directivos, las Direcciones de las Áreas de Gestión Sanitaria, Distritos de Atención Primaria y Hospitales del Servicio Andaluz de Salud, Sindicatos, Colegios Profesionales, Asociaciones de Pacientes, la Federación Andaluza de Municipios y Provincias, etc.) y la publicación de los Planes Provinciales de Infraestructuras Sanitarias del Servicio Andaluz de Salud, en aras del principio de transparencia, al menos con carácter anual y de forma previa a la realización de las actuaciones, y no a posteriori como se ha realizado algunas anualidades.
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En cuanto a la cuestión concreta de la adecuación de las instalaciones del Centro de Salud de Moguer, interesa conocer la valoración que se haya efectuado de las necesidades que según parece adolece este centro sanitario y de las medidas que sería necesario emprender para que la población de Moguer disponga de las mejores infraestructuras posibles acordes a un modelo sanitario de calidad y moderno, y proporcional a la población que atiende, tanto residente permanentemente en el municipio, como trabajadores de permanencia temporal en el mismo.
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