Queja número 20/1577
El promotor de la queja nos trasladaba que su hijo menor de edad tiene reconocida una Gran Dependencia por Resolución de 21 de febrero de 2018, dado que padece una enfermedad rara.
A pesar del tiempo transcurrido no se había procedido a aprobar el recurso que hubiera de corresponder a su situación de dependencia y circunstancias.
Interesados ante la Administración, se nos participaba que recibida la propuesta de PIA se habría retornado el expediente a los servicios sociales comunitarios, puesto que atendiendo al certificado de empadronamiento que constaba en el mismo, el requisito de convivencia con el cuidador no se cumplía, lo que se había comunicado para su subsanación, sin que hasta la fecha de elaboración del citado informe se hubiese subsanado.
Analizada dicha información, nos dirigimos al Excmo. Ayuntamiento de Jerez de la Frontera solicitando información al respecto, que nos indicaba, mediante informe emitido al efecto, que en el mes de octubre se había reabierto el expediente para un nuevo estudio, elaborándose una nueva propuesta de PIA en la que se había propuesto como recurso más adecuado la prestación económica para cuidados en el entorno familiar.
Nos informaban que dicha propuesta fue remitida a la Delegación Territorial, encontrándose pendiente de resolver a fecha de elaboración del informe.
A la vista de tal información, nos dirigimos de nuevo a la administración autonómica tras trasladarnos el interesado su desesperación. Finalmente, la administración nos comunica que se está subsanado determinado dato del menor de edad y que se procederá a dictar Resolución aprobatoria de PIA reconociéndole el derecho de acceso a la prestación económica para cuidados en el entorno familiar. Asimismo, añadiendo que entrará en nómina a la mayor brevedad posible.
Dado que el asunto se encuentra en vías de ser solucionado, procedemos al cierre del expediente.
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