Queja número 15/2210
En el expediente de queja se expone la situación que atraviesa un grupo de extrabajadores de MERCASEVILLA en relación a los complementos que vienen percibiendo como consecuencia de los acuerdos adoptados con la Junta de Andalucía (Consejería de Empleo) en el seno del expediente de regulación de empleo (ERE) de 2003.
Por la Secretaría General de Empleo se contesta que se ha instado a la Cía aseguradora al abono sin más demora de las rentas derivadas de la póliza, tanto a favor de los beneficiarios que no están en situación de jubilación como aquellos otros beneficiarios que teniendo Resolución favorable en el proceso de novación de la póliza, en orden a revocar la suspensión del complemento vitalicio a que tienen derecho.
Como quiera que la demora se residencia en la Cía aseguradora Generali (pendiente de emitir la correspondientes propuesta económica sobre los beneficiarios incluidos en la correspondiente póliza), corresponde a la Secretaría General de Empleo por conducto de la Dirección General de Relaciones Laborales y Seguridad y Salud Laboral, instar los requerimientos que procedan en este sentido.
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