La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Informan a los padres sobre la atención a su hijo lesionado con una escayola

Queja número 22/6789

La presente queja fue tramitada por esta Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, y Defensor del Pueblo Andaluz, en relación con la atención requerida por un alumno de cinco años en un Centro de Educación Infantil y Primaria (CEIP) de una localidad de la provincia de Almería debido a su lesión en una pierna que le impedía su movilidad en las actividades escolares.

Las actuaciones emprendidas se dirigieron a requerir información ante los servicios de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Almería. En el informe recibido con fecha 4 de enero de 2023 se explica:

- La docente mantiene una comunicación constante con las familias del alumnado de la clase de 5 años, informando de manera grupal cuando así lo requiere el asunto o respondiendo de manera individual a las peticiones de las familias.

-Ha mostrado interés por el estado de salud del alumno a través de los mensajes enviados con fecha de 26 de septiembre de 2022 a las 13.08 horas

- La buena relación entre la docente y la denunciante.

CONCLUSIONES. Por todo lo anteriormente expuesto cabe concluir:

Primero.- Que la maestra de la especialidad de educación infantil del alumno ha desempeñado con diligencia las funciones, derechos y obligaciones tanto del empleado público como del profesorado.

Segundo.- Que ha adaptado su práctica educativa a las necesidades y características del alumno anteriormente citado durante su periodo de recuperación, todo ello en un ambiente de afecto y confianza, principios metodológicos rectores en esta etapa de educación infantil.

Tercero.- Que el alumno, desempeñó las funciones de ayudante el día que le correspondía adaptando dichas funciones a su situación de recuperación, y que, además, se amplió estas funciones al día siguiente.

Cuarto.- Que el centro, tras el asesoramiento recibido por parte de la inspección de educación ha adoptado las medidas necesarias para hacer efectivo el derecho a la educación del menor atendiendo a los principios de equidad y no discriminación”.

En atención al informe recibido desde los servicios educativos, podemos considerar que el problema central expresado en la queja recibida se encuentra abordado a través de las gestiones descritas y en un apropiado clima de relación entre la familia y el centro educativo.

Comprendiendo la lógica preocupación de la familia para hacer llegar al alumno la ayuda necesaria para su movilidad y asistencia a las actividades escolares, parece deducirse que el motivo de la queja ha sido atendido por los servicios responsables quedando el caso en vías de solución.

En todo caso, confiamos que las medidas adoptadas de apoyo hayan permitido solventar el problema, ante el que que estamos dispuestos a realizar las actuaciones de seguimiento que resulten necesarias.

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