Queja número 24/6550
Se recibía en esta Institución escrito de una vecina de Sevilla formulando queja por la falta de ejecución, por parte del Ayuntamiento de esta ciudad, de una orden de clausura dictada por la actividad de almacén que desde hacía más de dos años se venía llevando a cabo, sin legalizar, en un local próximo a su vivienda, generando elevados niveles de ruido a cualquier hora del día y parte de la noche. En este sentido, nos aportaba documentación acreditativa de lo expuesto en la queja y, en concreto, una Resolución de inicio de expediente sancionador y de orden de clausura y otra Resolución de mantenimiento de la medida de clausura.
En este sentido, el motivo por el que la afectada acudía a esta Institución no era otro que “teniendo una resolución oficial, no se haga efectiva”.
Admitimos a trámite la queja y solicitamos la colaboración del Ayuntamiento de Sevilla para conocer los motivos por los que no se hubiera ejecutado la orden de clausura dictada sobre este almacén, e instábamos para que, si persistiera la actividad y no se hubiera legalizado, se procediera, previos los trámites precisos, a su ejecución forzosa.
En respuesta a nuestra petición de colaboración se recibieron dos informes, uno del Servicio de Protección Ambiental del Ayuntamiento de Sevilla y otro informe del Subinspector de Policía Local. De estos dos informes se desprendía que por parte del Ayuntamiento se habían desplegado todas las medidas a su alcance y se había abordado la realización de un seguimiento al local para proceder a la ejecución de la orden de clausura dictada.
Por su parte la promotora de la queja nos informó que se había procedido al precintado del almacén, agradeciendo nuestra intervención en el caso.
Entendimos que el problema que motivó la presentación de queja se había solucionado y procedimos al cierre del expediente de queja.
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