Queja número 17/0685
El órgano de gestión tributaria resuelve expresamente e intenta notificar respuesta a escritos rompiendo el silencio mantenido.
La parte interesada exponía que en fechas 6/02/2015, 2/06/2016 y 22/11/2016 habría presentado ante la Agencia Tributaria de Sevilla escritos relacionados con un inmueble sobre el que se le exigía el pago de tarifa de la tasa de recogida de residuos de naturaleza industrial, cuando se trataba de una casa en autoconstrucción, sin que hubiera recibido una respuesta.
Interesados ante la Administración recibimos informe por el que da respuesta a las cuestiones planteadas en los escritos presentados.
Dado que el presente expediente de queja se inició a los únicos efectos de romper el silencio mantenido por la referida Agencia Tributaria de Sevilla a sus escritos, y considerando que dicha cuestión ha quedado solventada, procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente de queja.
0 Comentarios
Escribir un comentario