Queja número 17/4856
La suegra del interesado estaba padeciendo la demora en la revisión de su grado de dependencia para la asignación de plaza residencial concertada para personas mayores.
Con el informe recibido, la documentación que obraba en la queja y la normativa que resultaba de aplicación al presente caso, en virtud del artículo 29 de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, formulamos Resolución a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla en el sentido de que se dictase resolución aprobando el recurso residencial propuesto en el programa individual de atención de la dependiente.
En su respuesta, la citada Delegación informó que con fecha 18 de mayo de 2018 se dictó resolución aprobando el PIA y reconociendo el derecho de acceso al servicio de atención residencial como modalidad de intervención más adecuada.
Habiendo sido aceptada la Resolución formulada, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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