Queja número 18/3988
La parte promotora de la queja manifiesta la dificultad que le está suponiendo obtener cita con los servicios sociales comunitarios, al no poder desplazarse al Centro de Servicios Sociales (CSS) a primera hora de la mañana dejando solos a sus tres hijos de 2, 4 y 11 años, este último con una discapacidad del 83 %.
Refiere la interesada que el año pasado fue atendida por un equipo de menores, con el cual podía solicitar cita por teléfono. Sin embargo, al finalizar la intervención de este el pasado mes de enero, ya no le era posible pedir cita presencialmente y a primera hora en los servicios sociales comunitarios. Lo puso en conocimiento de una trabajadora social, la cual se comprometió con ella a buscar alguna solución.
No obstante, al transcurrir un mes sin tener noticias y ponerse en contacto con el CSS, le informaron de que la citada profesional se encontraba de baja por razones familiares. Esperó un tiempo prudencial para volver a poner en contacto con el CSS, donde le comunicaron que seguía de baja. De nuevo volvió a esperar un tiempo y esta vez que informaron de que podía solicitar la cita mediante escrito presentado en el registro del Distrito Norte, lo que hizo el 25 de mayo. No recibió contestación hasta el 22 de junio, cuando la llamaron para comunicarle que la agenda estaba cerrada y que tendría que volver a intentarlo en septiembre.
Desesperada ante la imposibilidad de ser atendida por los servicios sociales, consiguió acudir el 25 de junio al Centro antes de las 8 de la mañana, obteniendo cita para el 17 de septiembre, es decir, casi tres meses después.
La interesada manifiesta su disconformidad por el hecho de que, después de meses de intentando conseguir cita, tenga que esperar para septiembre para ser atendida por los servicios sociales, así como por que se le informase telefónicamente de que la agenda estaba cerrada cuando se estaban dando nuevas citas, todo ello a pesar de sus especiales circunstancias.
Interesados ante la Administración, se nos responde que la interesada fue atendida por el Servicio de Información Orientación y Valoración, tramitándosele diferentes recursos.
A la vista de tal información, consideramos que el asunto planteado en la presente queja ha quedado solucionado, por lo que se procede al cierre del expediente.
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