Queja número 25/6426
La Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, y Defensor del Pueblo Andaluz, tramita la presente queja relativa a los procesos de atención al alumnado con necesidades educativas especiales para su atención y apoyo.
En su día nos dirigimos ante la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Huelva trasladando dicha problemática y hemos recibido comunicación sobre el tema con fecha 11 de agosto de 2025.
“Acusamos recibo de su atenta comunicación de fecha 11 de julio de 2025, referente a la queja presentada por D. sobre la ausencia de un aula específica en su CEIP para la atención educativa integral de su hijo.
Comprendemos profundamente la preocupación de la familia y su legítimo interés en procurar el entorno educativo más inclusivo para su hijo. Deseamos asegurarles que la Delegación Territorial comparte plenamente la prioridad de garantizar el bienestar y la atención individualizada de todo el alumnado con necesidades educativas especiales.
En relación con la solicitud de creación de un aula específica en el CEIP para el curso académico 2025/2026, queremos informarles que, lamentablemente, no resulta viable establecer una nueva aula de estas características para el próximo curso. No obstante, es fundamental destacar que se encuentran disponibles plazas vacantes en las aulas específicas ya existentes en dos municipios cercanos. Estas aulas están debidamente equipadas y dotadas de los recursos humanos y materiales necesarios para proporcionar una atención integral y adecuada a los alumnos con necesidades educativas especiales, garantizando la continuidad de la atención que hasta ahora ha recibido en su centro de referencia.. Reiteramos que nuestro principal objetivo es la atención individualizada y adaptada a las necesidades de cada alumno con requerimientos educativos especiales, en la medida de lo posible, buscando su máximo desarrollo. Esto se alinea con los principios de normalización e inclusión establecidos en el Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria, específicamente en su Artículo 17, que asegura la no discriminación y la igualdad efectiva en el acceso y permanencia en el sistema educativo. Asimismo, el Real Decreto 147/2002, de 14 de mayo, por el que se establece la ordenación de la atención educativa a los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales asociadas a sus capacidades personales, en su Artículo 28.2, contempla la posibilidad de autorizar la continuidad de la escolarización en aulas específicas de educación especial en colegios de educación primaria en localidades sin oferta de educación secundaria sostenida con fondos públicos. En el caso de uno de los municipios, al contar con oferta de educación secundaria en el I.E.S., se considera más apropiado el traslado del alumnado a un centro de secundaria que disponga de este tipo de aula.
Además, queremos señalar que la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, en su Orden de 15 de enero de 2021, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la etapa de Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece en el Capítulo III las medidas de atención a la diversidad para el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo. Esta Orden enfatiza la importancia de una respuesta educativa inclusiva y adaptada a las características individuales de cada alumno, procurando siempre el entorno menos restrictivo y más beneficioso para su desarrollo integral.
Queremos destacar que, en el marco de la atención a este caso, el pasado 20 de mayo, el Sr. Delegado Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, junto a la Jefa de Servicio, y a la Coordinadora del Área de Necesidades Educativas Especiales, mantuvieron una reunión con el interesado, quien acudió acompañado de la alcaldesa de su municipio, sin haberlo comunicado con anterioridad. En la citada reunión, se escucharon las peticiones del demandante y se le dieron las explicaciones oportunas según los criterios aportados por los técnicos de esta Delegación Territorial.
Durante este proceso, el demandante, acompañado por la Coordinadora del Área de Necesidades Educativas Especiales de esta Delegación Territorial realizó una visita al aula específica del CEIP de la localidad, quedando gratamente impresionado al constatar la atención que recibía el alumnado del aula específica y la dotación tanto humana como material de la que dispone el aula. En este sentido, deseamos transmitir un mensaje de tranquilidad a la familia. Estamos plenamente comprometidos en asegurar que el menor reciba el mejor apoyo educativo posible. Continuaremos trabajando de manera coordinada con la familia y todas las partes implicadas para garantizar su continuidad educativa y una atención adecuada a sus necesidades”.
Tras estudiar el informe enviado, hemos de comprobar la reacción adoptada por las autoridades educativas desde la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Huelva para abordar las necesidades del centro y de la familia del alumno afectado.
También observamos que el informe recibido de la Delegación alude al criterio de ordenación de los servicios educativos en relación con la dotación de los apoyos que específicamente necesita el menor, disponiendo su atención en el aula específica del centro ordinario (modalidad C) más próximo a su domicilio, contando con las figuras de profesionales de atención a través de las respuestas que se definen por los equipos de orientación y la dirección de ese centro educativo.
Efectivamente, debemos entender que la evaluación del servicio ha establecido la conveniencia de los criterios de ordenación sobre la base del dictamen reciente que se ha ofrecido al pequeño. Debemos recordar que este singular apoyo deriva de los respectivos informes psicopedagógicos de cada alumno o alumna que permite determinar las necesidades de recursos específicos del alumnado de necesidades educativas especiales. Además, en función del dictamen de escolarización, se establece, en ocasiones, la atención en centros específicos de educación especial, o bien en aulas específicas en centros ordinarios o bien la atención del alumnado se realiza dentro de las aulas con apoyos en periodos variables para que el alumnado pueda continuar con su desarrollo evolutivo y formativo y su integración global en la sociedad.
Por otra parte, los recursos se distribuyen cada curso escolar, tras el estudio de las necesidades detectadas en todos los centros educativos a través de los Servicios de Ordenación Educativa proponiendo la distribución de estos recursos personales.
Es comprensible que las preferencias de la familia se centren en unos recursos próximos a su domicilio y, ciertamente, desde esta Defensoría de la Infancia y la Adolescencia, y Defensor del Pueblo Andaluz, abogamos por avanzar en la dotación de estos medios, ganando presencia territorial en los centros educativos de las localidades andaluzas. Sin embargo, no podemos desconocer la dificultad para lograr esa presencia generalizada de unos recursos complejos en todos los colegios; por lo que debe procurarse esta ayuda subsidiariamente con aulas específicas en los centros más próximos al alumnado.
Éste es el supuesto en el que nos encontramos y que, afortunadamente, puede ofrecer un centro debidamente dotado apenas distante unos kilómetros de la residencia familiar.
En el marco de esta metodología, confiamos que finalmente, una vez ejecutadas estas medidas y desde su fecha de implantación, los resultados puedan aportar una mejora de la situación.
Comprendiendo la preocupación generada en la familia por disponer de los recursos adecuados, valoramos que la situación se está abordando desde unas pautas razonables y, por ello, consideramos que el asunto parece encontrarse en vías de solución otorgando un plazo de tiempo oportuno para apreciar las mejoras en la atención educativa de la menor a través del centro, destacando, singularmente, la receptividad y esfuerzo de comunicación desplegado desde la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Huelva con la familia.
Y así, procedemos a concluir nuestra intervención quedando dispuestos a realizar todas las actuaciones de seguimiento que resulten oportunas.
0 Comentarios
Escribir un comentario