La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Evaluamos el plan de mejora de Educación Especial tras la actuación de oficio acometida

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 13/1885 dirigida a Consejería de Educación

El objeto de la apertura de esta queja de oficio se centra en comprobar las acciones desarrolladas para la puesta en práctica del Plan de actuación para la mejora de la atención educativa al alumnado escolarizado en centros específicos de educación especial en Andalucía 2012-2015.

Hemos recibido el informe en el que se detallan las distintas acciones emprendidas o los proyectos para la puesta en marcha de las 34 actuaciones que, agrupadas en 8 objetivos, conforman el Plan de actuación. Advertimos el esfuerzo realizado por los miembros de la comunidad educativa para comenzar la ejecución de este ambicioso y complejo Plan. 

Un esfuerzo que ha dado ya sus frutos en los trabajos llevados a cabo respecto de determinadas actuaciones, aunque todavía queda un significativo trabajo por desarrollar. Además, comprobamos que otras de las acciones o medidas del Plan están previstas que puedan desarrollarse para el próximo curso escolar 2013-2014.

La Institución del Defensor del Pueblo Andaluz, también Defensor del Menor, elaboró un Informe especial sobre los centros específicos de educación especial en Andalucía que fue presentado en noviembre de 2010 ante el Parlamento de Andalucía. En dicho trabajo ofrecimos una visión amplia y detallada de la investigación sobre estos recursos educativos, básicamente a través de la experiencia de la Institución en la tramitación de las quejas, en atención a los datos facilitados por los centros de educación con necesidades especiales, y de las manifestaciones y reflexiones de las familias, los profesionales y el movimiento asociativo. Unido todo ello a las conclusiones que pudimos deducir de las visitas que el personal al servicio de esta Defensoría realizó a más del 40 por 100 de estos recursos.

Las propuestas de la intervención de la Administración que entendíamos necesarias y convenientes y que, en un sentido u otro, tienen como finalidad última mejorar la calidad de la atención educativa que está recibiendo el alumnado escolarizado en los centros específicos de educación especial en Andalucía, quedaron reflejadas en un conjunto de Recomendaciones dirigidas la Administración educativa.

Muchas de las propuestas en el citado informe fueron asumidas por la Administración, estando en aquella fecha constituidos diversos grupos de trabajo que tenían como misión profundizar en cada uno de los aspectos tratados.

Unos meses más tarde, se aprueba el Plan de Actuación para la Mejora de la Atención Educativa al alumnado escolarizado en centros específicos de educación especial en Andalucía 2012-2015.

Dicho Plan tiene establecido 8 objetivos, cada uno de los cuales es objeto de una serie de actuaciones, en el que, además quedan delimitados los agentes implicados y los criterios de evaluación e indicadores. En concreto, lo objetivos señalados se concretan en los siguientes:

1. Consolidar el papel de los centros específicos de educación especial en el marco de un sistema educativo inclusivo. A tal fin, las actuaciones se concretan en:

- Difusión de buenas prácticas de los centros específicos de educación especial como centros abiertos a la comunidad.

- Adaptación de determinados centros públicos específicos de educación especial como centros de referencia o de recursos para la comunidad educativa.

- Establecimiento de criterios y procedimientos para el desarrollo de la modalidad de escolarización combinada entre centros específicos de educación especial y centros ordinarios.

- Formación específica para el profesorado y personal de atención educativa complementaria de los centros específicos de educación especial.

- Potenciación del desarrollo de trabajos de investigación para el conocimiento de buenas prácticas nacionales e internacionales en relación con estos centros.

- Celebración de intercambios profesionales formativos para el conocimiento de buenas prácticas docentes.

- Potenciación de la participación de las familias en el proceso educativo de sus hijos e hijas a través de la ampliación de las vías de comunicación con los centros educativos.

- Regulación de la realización de planes de acogida para el alumnado y las familias.

- Puesta en funcionamiento de aulas de familias que permitan el conocimiento de estrategias de intervención a los padres, madres y otros familiares encargados del cuidado y educación del alumnado con necesidades educativas especiales.

- Definición de los requisitos de infraestructuras y equipamiento que deben reunir los centros específicos de educación especial.

2. Revisar y actualizar la ordenación de las enseñanzas del período de formación básica de carácter obligatorio y del período de formación para la transición a la vida adulta y laboral. Las actuaciones de este objetivo se concretan:

- Revisión del sistema de información Séneca y adecuación del mismo a la ordenación de las enseñanzas del período de formación básica de carácter obligatorio.

- Revisión y adecuación de la ordenación del período de formación para la transición a la vida adulta y laboral, a través del desarrollo completo de programas de cualificación profesional inicial accesibles y de transición a la vida adulta y laboral.

- Creación de procedimientos de comunicación y coordinación entre los diferentes agentes que intervienen en la tutorización del alumnado con discapacidad que cursa enseñanzas en modalidades no presenciales, a fin de optimizar el seguimiento y el rendimiento de cada alumno o alumna.

- Creación de documentos de evaluación y certificaciones que permitan al alumnado acreditar las enseñanzas cursadas a lo largo de su escolarización, así como las competencias alcanzadas.

- Actualización de las fichas recogidas en el sistema de información Séneca sobre estas enseñanzas para mejorar el seguimiento del alumnado.

3. Potenciar el uso de las tecnologías de la información y la comunicación en las aulas y centros específicos de educación especial como apoyo al profesorado y como recurso para el desarrollo de las competencias del alumnado escolarizado en estos centros. Estas son las actuaciones:

- Dotación de recursos informáticos adaptados y dispositivos periféricos para los centros específicos de educación especial sostenidos con fondos públicos.

- Dotación de recursos informáticos adaptados y dispositivos periféricos para las aulas específicas de educación especial en centros ordinarios públicos.

- Formación del profesorado de los centros a los que se refieren los dos párrafos anteriores para el uso de los recursos informáticos disponibles y su implementación en el proceso de enseñanza-aprendizaje.

4. Establecer criterios para la emisión de dictámenes de escolarización en centros específicos de educación especial de forma que se facilite una adecuada distribución del alumnado y un ajuste de la oferta educativa. Sus actuaciones se concretan en:

- Elaboración de normativa que establezca los criterios para la emisión de los dictámenes que recomienden esta modalidad de escolarización por parte de los Equipos de Orientación Educativa.

- Establecimiento de criterios para la determinación de los agrupamientos del alumnado.

- Establecimiento de criterios para la revisión de los dictámenes de escolarización de cara a la adopción de las medidas educativas más adecuadas para cada alumno o alumna a lo largo de su proceso de escolarización.

- Garantizar la participación de los representantes legales del alumnado en el proceso de elaboración del dictamen de escolarización, a través de la aportación de información relevante para la toma de decisiones. Igualmente, garantizar la adecuada información a las familias sobre el contenido y repercusiones de los dictámenes de escolarización (modalidad de escolarización, recursos, organización de las enseñanzas¿)

5. Elaborar protocolos para la dotación de recursos materiales específicos de difícil generalización al alumnado de los centros específicos de educación especial sostenidos con fondos públicos. Este objetivo se desarrolla con la creación de un protocolo unificado para la dotación de recursos materiales de difícil generalización a los centros específicos de educación especial sostenidos con fondos públicos, a través de un sistema de préstamos gestionado por las Delegaciones Provinciales.

6. Optimizar la organización interna de los centros específicos de educación especial, así como las relaciones de colaboración con otros agentes externos. Las actuaciones a desarrollar son:

- Desarrollo y concreción de la organización de los centros específicos de educación especial conforme a lo establecido en el Reglamento Orgánico correspondiente.

- Redacción de una guía de orientaciones en relación con la optimización de la organización interna de los centros específicos de educación especial, así como para la mejora de la coordinación con otros agentes externos (servicios sanitarios, servicios sociales comunitarios, etc.).

- Definición del papel de los servicios de orientación educativa (internos y externos) en el funcionamiento de los centros específicos de educación especial.

- Creación en Colabor@ de una comunidad de centros específicos de educación especial que fomente la colaboración y el intercambio de experiencias.

7. Adecuar la respuesta ofrecida al alumnado de los centros específicos de educación especial en relación con los servicios complementarios y del Plan de Apertura de Centros. Objetivo que se desarrolla con:

- Análisis y valoración de la implantación del Plan de Apertura de Centros en los centros específicos de educación especial.

- Adaptación de las normas y criterios de implantación de los servicios del Plan de Apertura de Centros (aula matinal, comedor y actividades extraescolares) a las necesidades de los centros específicos de educación especial, posibilitando la realización de este tipo de actividades a alumnado de diferentes centros educativos.

- Análisis y optimización de la prestación del servicio de transporte escolar dirigido al alumnado con necesidades educativas especiales escolarizado en centros específicos de educación especial.

- Potenciación del desarrollo de actividades deportivas adaptadas en los centros específicos de educación especial.

8. Análisis de la adecuación de las plantillas de profesorado y del personal de atención educativa complementaria de los centros específicos a las necesidades del alumnado. Actuaciones a desarrollar:

- Análisis de las plantillas del profesorado y del personal de atención educativa complementaria y elaboración del mapa actual de profesionales en los centros específicos de educación especial.

- Determinación de los perfiles profesionales que deben, como mínimo, configurar las plantillas de los centros públicos específicos de educación especial.

- Establecimiento de criterios para la adecuada configuración de las plantillas, considerando la ratio y las necesidades específicas de atención de su alumnado escolarizado.

- Optimización de los recursos personales existentes en determinados centros en el marco de las zonas educativas.

Por otro lado, en cuanto a la vigencia, el Acuerdo señala que el Plan se llevará a cabo en el periodo 2012-2015.

Ha transcurrido ya el primer año de su vigencia, periodo de tiempo en el que habrán debido ejecutarse y ponerse en práctica algunas de las medidas y actuaciones contempladas en el Plan, del mismo modo que ha debido desarrollarse una labor de seguimiento y evaluación de cada una de ellas.

Por todo lo señalado, iniciamos una queja de oficio y, solicitamos información detallada acerca las actuaciones desarrolladas en los ocho objetivos que vertebran el Plan de Actuación para la Mejora de la Atención Educativa al alumnado escolarizado en centros específicos de educación especial en Andalucía 2012-2015 , durante su primer año de vigencia. 

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