Queja número 25/0989
La persona interesada en dicha comunicación nos exponía su discrepancia con la propuesta de denegación de la ayuda para alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo solicitada para su hijo, debido ello, según manifestaba, al presunto error cometido por el Departamento de Orientación del centro educativo siguiendo las instrucciones del Equipo de Orientación, el que indicó que sólo se concedían ayudas hasta 4º ESO ya que el centro no dispone de Pedagogía Terapéutica (PT).
Solicitada información a la Dirección General de Participación e Inclusión Educativa nos informó de que desde el Servicio de Orientación Educativa y Atención a la Diversidad del centro directivo se iba a informar al Departamento de Orientación del centro docente en el que se encontraba escolarizado su hijo de la necesidad de revisar el certificado correspondiente, y ello para que se comprobara que se había considerado toda la documentación aportada por la familia y así emitir, si procediera, un nuevo certificado en el que se propusiera ayuda de Reeducación pedagógica o del lenguaje que establece la convocatoria.
A la vista de la respuesta recibida, entendimos que el asunto objeto de la presente queja estaba en vías de solución, por lo que dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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