Sobre el desacuerdo que mantiene una persona con su ex pareja respecto del uso de la imagen de la hija que tienen en común. La cuestión se plantea cuando se usa la imagen de la menor en las redes sociales de internet pero uno de los padres se opone.
El derecho a la imagen de un menor sin capacidad para decidir por si mismo corresponde a sus progenitores, titulares de la patria potestad. Al estar separados, las decisiones más comunes que afectan a la convivencia ordinaria corresponden a aquél que ostente su guarda y custodia.
En caso de desavenencias entre ambos progenitores la controversia habrá de plantearse ante la jurisdicción civil de familia.
Una alternativa sería la posibilidad de solicitar los servicios de mediación familiar de la Junta de Andalucía, sometiéndose de forma voluntaria, ambas partes (padre y madre), a la mediación de los profesionales existentes en dicho servicio con la finalidad de alcanzar acuerdos de convivencia en beneficio de la hija que tienen en común.
2 Comentarios
¿Dónde se puede consultar los resultados de las mediaciones de los servicios de mediación familiar de la Junta de Andalucía?, sería interesante ver las estadísticas, sobre todo cuando se dirime una controversia ¿a favor de qué cónyuge resuelven más estadísticamente?, una vez veamos estas estadísticas y el número de casos resuelto y sobre todo la efectivadad que tiene de cara a LOS MENORES, porque si después acuden a los tribunales y se llevan la INFANCIA DE LOS MENORES LITIGANDO, al final nos damos cuenta que los menores CARECEN DE INFANCIA SANA , de PADRE Ó MADRE, según los casos y son HUÉRFANOS DE PADRE Ó MADRE VIVOS, si existe el sentido común entre ambos y se potencia el diálogo de forma sana , los menores tendrán una infancia feliz, en caso contrario, me veo que siempre fallan en beneficio de alguien , que no suele ser menor, más bien en beneficio de una persona mayor, que por razón de su sexo se le da la razón. Los informes suelen ser beneficiosos siempre para uno de los progenitores, no son equitativos ni igualitarios, tratan de defender a LA MUJER, aunque igual me equivoco. José Manuel Núñez y DOmínguez.
En Andalucía, las competencias en materia de Mediacion Familiar han sido atribuidas a la Consejeria de Salud y Bienestar Social. Por ello, le sugerimos que se dirija a ese organismo donde le podrán facilitar los datos estadísticos que demanda
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