La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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EL mayor impacto de la crisis económica se ha producido en hogares con niños y niñas

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5. CUESTIONES RELEVANTES.

5. 1. Incidencia de la crisis económica en la atención a menores.

Uno de los principales efectos de la crisis económica en el ámbito de menores lo constituye, qué duda cabe, la disminución o ausencia de ingresos económicos de las familias. Muchos han sido los estudios e informes realizados por diversas Organizaciones donde se concluye que el mayor impacto negativo de la actual situación económica se ha producido en los hogares con menores de edad, impacto no sólo referido a cuestiones de renta (pobreza relativa) o a indicadores de privación (condiciones de vida), sino también a términos de exclusión social.

Citamos, a título de ejemplo, el último informe realizado por Cáritas sobre la situación social en el que diagnostica que la pobreza es más extensa, más intensa y más crónica y crea una sociedad dual y polarizada, en la que la distancia entre ricos y pobres es cada vez mayor. Es decir, la pobreza multiplicada por la crisis se ha extendido a más capas sociales, se ha agravado y se ha hecho permanente.

Ciertamente la crisis no sólo está aumentando la exclusión y la marginalidad de determinadas familias -habidas de ayudas antes de que se produjera la actual coyuntura económica- sino que está desdibujando las fronteras de la pobreza extendiéndola hacia las clases medias. Se trata de familias que se encontraban en una situación normalizada pero que la prolongación de la crisis las ha convertido en un colectivo de especial vulnerabilidad como consecuencia, principalmente, de la pérdida del empleo de uno, varios o de todos los miembros de la unidad familiar. Además de ello, en muchísimos de los casos esta ausencia de ingresos les impide hacer frente al pago de las hipotecas o de los alquileres, y el resultado final ha sido la pérdida de la vivienda familiar por embargo o desahucio. Son familias azotadas por una situación económica cada vez más dramática que les imposibilita vislumbrar la luz al final del túnel.

El panorama que describimos tiene su fiel reflejo en las quejas que la ciudadanía plantea a la Institución, unas reclamaciones -en ocasiones más bien unas llamadas de auxilio- que ponen de relieve con toda su crudeza la desesperación de muchas personas ante la impotencia de no poder hacer nada por cambiar una situación que les impide satisfacer las necesidades básicas de sus hijos.

Y mientras tanto las ayudas públicas son cada vez más escasas pues a las limitaciones presupuestarias y los recortes propios de épocas de crisis se une el importante incremento de personas que demandan la colaboración de las Administraciones para ayudarles a paliar los perversos efectos derivados de la grave situación de nuestra economía. Es un hecho que la irrupción de la pobreza de la clase media está propiciando el incremento de las demandas de ayudas públicas en una coyuntura en la que los recursos son menos a repartir.

Respecto al primer grupo de familias, aquellas que ya se encontraban en situación de vulnerabilidad, resulta paradójico que en ocasiones perciban la intervención de las Administraciones, especialmente los Servicios Sociales, como un enemigo y no como un aliado, temiendo que su intervención pueda desembocar en una retirada de sus hijos por su precaria y maltrecha economía familiar.

La desesperación en la que se encuentran inmersas estas personas queda patente en la queja presentada por una madre, cuyo relato traemos a colación:

“Le escribo esta carta porque ya no sé dónde acudir y quisiera que por favor me ayudaran.

Desde el 6 de Mayo de 2009, fui al centro social para que me ayudaran con mis hijos porque no tenía casa ni trabajo, para que el centro social me dieran alguna solución para mis hijos algún colegio interno o algo para poder dejar a mis hijos mientras buscaba trabajo y una casa.

La única solución que me dio el centro social fue el desamparo de los menores. Por la Junta de Andalucía según los centros sociales no había otros recursos.

Señor llevo luchando 2 años y medio por mis hijos. Yo he cumplido todo lo que la Junta de Andalucía me han pedido, como 2 años de seguimiento ir a ver a mi hijos una vez al mes 1 hora llamarlos cada 15 día tener trabajo y casa y después de 2 años la única solución que me dan que decida un juez por mi hijos”.

Y como decimos, existe otro sector de la población que está demandando también la colaboración de los poderes públicos solicitando algún tipo de ayuda económica o intervención, recibiendo como única respuesta la inexistencia o limitaciones presupuestarias. Estas personas suelen mostrar su sorpresa e indignación porque en otras épocas nunca habían demandado la colaboración de las Administraciones, y cuando lo hacen ahora por necesidad se encuentran que todas las puertas están cerradas.

Viene al caso que aludamos a la situación de una familia normalizada en otros tiempos, ahora con una escasez palpable de recursos económicos por la ausencia de trabajo de todos los miembros de la unidad familiar, que les impedía hacer frente a necesidades tan básicas como el suministro de electricidad. Se trataba de la queja de una familia a la que se había cortado el suministro eléctrico por falta de pago dándose la circunstancia de que uno de los hijos, de 3 años de edad, se encontraba afectado por una cardiopatía congénita que le obligaba a permanecer conectado a una ―máquina‖ para cuyo funcionamiento precisaba inevitablemente su conexión a la red eléctrica. Tras nuestra intervención ante los Servicios Sociales comunitarios se le ofertó a la familia una ayuda económica para solventar puntualmente el problema.

Por otro lado, las llamadas que recibimos en el Servicio del Teléfono del Menor reflejan los nefastos efectos colaterales que la crisis económica está provocando en la convivencia de los miembros de las unidades familiares. Nos estamos refiriendo al aumento del maltrato y la violencia intrafamiliar.

Como se recordará, esta Institución desde hace años viene mostrando una especial sensibilidad y preocupación por la violencia en el ámbito familiar, y más concretamente ha dado la voz de alarma sobre el maltrato de los hijos hacia los padres. En los diversos estudios realizados en este ámbito, hemos diferenciado tres tipos básicos de hijos maltratadores: Aquellos menores que han caído en algún tipo de adicción –drogas, alcohol, juegos- que les merma la voluntad y la conciencia y les obliga a centrar su existencia en la búsqueda por cualquier medio de recursos para satisfacer su adicción; aquellos menores que padecen algún tipo de trastorno de conducta que les lleva a presentar un comportamiento disruptivo y asocial; y aquellos otros menores que, como consecuencia de una educación excesivamente permisiva o tolerante, tienen dificultades para aceptar las reglas sociales y muestran una total falta de principios y valores morales.

Pues bien, a los anteriores grupos hay que unir una nueva tipología constituidas por menores que no aceptan las limitaciones o reducciones de bienes materiales y de servicios impuestas por las familias. En épocas anteriores, estos niños y jóvenes estaban acostumbrados a una serie de comodidades y a un nivel de vida que han debido ser reducidos drásticamente por la merma de los ingresos familiares. Pero ocurre que estas restricciones no siempre son bien aceptadas, y son fuentes de importantes conflictos familiares que, en ocasiones, llegan a desembocar en agresiones hacia los progenitores. Unos padres que castigados por la coyuntura económica se encuentran en la encrucijada de hacer frente a otro nuevo problema familiar, sintiéndose desbordados e incapaces de afrontar esta nueva dura realidad cual es que sus hijos los maltraten.

Del mismo modo, las denuncias que recibimos en el mencionado Servicio del Teléfono del Menor ponen de manifiesto, en comparación con ejercicios anteriores, un incremento de los supuestos de negligencia en el cuidado de los menores por parte de los padres como consecuencia del aumento de las tensiones por los efectos persistentes de la crisis económica, o como consecuencia del consumo de drogas o alcohol en familias afectadas por un desempleo de larga duración.

En este mismo ámbito –los efectos de la crisis en las relaciones familiares- traemos a colación, siempre con las debidas cautelas pues carecemos de datos verificables, las noticias de las que se están haciendo eco diversos medios de comunicación sobre el incremento del número de suicidios en personas a las que la crisis les ha privado de empleo y de recursos para poder mantener a sus familias. Qué duda cabe que estos lamentables hechos inciden en la vida y desarrollo de los menores que conviven con los afectados.

En otro orden de cosas, nos preocupa sobremanera que los problemas financieros de las Administraciones, especialmente las Corporaciones Locales, pongan en peligro la continuidad de las acciones de prevención cuyas competencias les han sido legalmente atribuidas. Las limitaciones presupuestarias han incidido de manera especial en las Corporaciones locales, cuyas arcas se encuentran bastante diezmadas por la actual situación económica. Como bien es sabido, sus ingresos se han visto reducidos drásticamente, lo que a la postre se ha traducido en una merma de servicios, entre los cuales se encuentran los prestados en materia de prevención, cuando precisamente en situaciones como las que vivimos en los últimos años por los efectos ya citados de la crisis, es cuando más se impone potenciar la atención en el ámbito preventivo. Unas acciones que deben ir encaminadas a detectar situaciones de riesgo e intervenir en el propio medio familiar y social en que se desenvuelven a fin de evitar situaciones de maltrato y de desprotección.

Los costes familiares y sociales que conlleva una ausencia o deficiente intervención en el ámbito preventivo con menores en riesgo son realmente elevados. Y ello porque estas situaciones pueden llegar a provocar, aunque sea ocasionalmente, que niños de familias en precariedad económica sean derivados a los servicios de protección por presunto desamparo, resultando que esta precariedad podría ser atendida por los servicios sociales de atención primaria en un contexto de gasto público superior.

Además de los anteriores costes, no invertir adecuadamente en medidas preventivas tiene el reverso del importante incremento de los recursos públicos que se han de destinar en el que caso de que la Administración, por no atajar esa situación de riesgo, se vea abocada a declarar el desamparo del menor y asumir su guarda y custodia.

Por todo lo señalado, recibimos con especial inquietud la noticia de la que se hicieron eco algunos medios de comunicación social sobre la posibilidad de que los recortes presupuestarios de algunos Municipios y Diputaciones Provinciales pudieran afectar al importante trabajo que en materia de prevención desarrollan en nuestra Comunidad Autónoma los Equipos de Tratamiento Familiar.

Desde nuestra Defensoría hemos tenido ocasión de pronunciarnos sobre la importante y significativa labor de estos dispositivos para la ejecución del Programa de Tratamiento a Familias con Menores por su carácter eminentemente preventivo. Debemos recordar que este Programa va dirigido a evitar la adopción de medidas de protección que conlleven la separación del niño y niña de su familia, normalizando para tal fin el funcionamiento familiar mediante un tratamiento específico, integral, interdisciplinar e integrador que permita la adquisición de pautas rehabilitadoras que compensen la situación de riesgo social que pueda afectar directa o indirectamente al bienestar de las personas menores implicadas. Pero, además de ello, el mencionado Programa tiene como segundo objetivo promover, en aquellos casos en que sea posible, la reunificación familiar de menores respecto de los que, con anterioridad, se adoptó una medida de protección.

En concreto, el problema surgió con la Diputación Provincial de Almería pues los medios de comunicación incidían en que dicho organismo no aportaría la parte que le corresponde para el funcionamiento de los Equipos de Tratamiento Familiar (ETF) que dependen de esta institución, y ello porque no podía invertir 232.238 euros en el proyecto. Esta decisión había sido comunicada oficialmente a los trabajadores y al comité de empresa, ofreciéndosele a la plantilla abandonar el programa o permanecer con su empleo con una reducción de hasta un 40 por 100 de su sueldo con respecto al año pasado.

Tras una investigación de oficio, se nos informó que después de diversas gestiones, se acordó mantener los contratos del personal adscrito a los Equipos de Tratamiento Familiar, si bien modificando las condiciones de trabajo de los empleados con una reducción del 30 por 100 de sus retribuciones, equiparando dichos salarios con los del personal laboral al servicio de la Junta de Andalucía. Por su parte, los técnicos se comprometieron a continuar prestando sus servicios en el marco de la profesionalidad y la experiencia adquirida durante los años de funcionamiento, respondiendo a las planificaciones establecidas con igual calidad, dedicación y eficacia.

Lamentablemente los tentáculos de la crisis económica están haciendo mella también en el desarrollo de las medidas de protección, en especial por lo que respecta a menores declarados en desamparo y tutelados por el Ente Público Protector de Menores a los que se les ha impuesto una medida de acogimiento familiar con familia extensa. Estas mismas unidades familiares, también tocadas por la crisis y que deben hacer frente a los significativos costes que supone la atención a un niño, se lamentan de no estar recibiendo o, en el mejor de los casos cobrando con una excesiva demora, las ayudas económicas destinadas a sufragar los gastos inherentes al cuidado de los menores a su cargo.

A título de ejemplo traemos a colación la queja de un ciudadano que tiene en acogimiento familiar permanente a dos sobrinos, menores de edad, y que la Administración, tutora de los menores, no le concede ninguna ayuda económica que venga a compensar los gastos inherentes al importante compromiso asumido con ellos:

“No estamos de acuerdo en que dicho acogimiento NO sea considerado con carácter remunerado en la resolución de la Comisión de Medidas de Protección, como se proponía por parte del Equipo de Menores de ....., que ha trabajado el caso y como también proponían los Servicios Sociales Comunitarios de la localidad de ..............., donde residimos.

Decir que es cierto que nuestra unidad familiar de 5 miembros tiene garantizadas las necesidades básicas (si no fuera así no habríamos sido declarados idóneos) no es menos cierto que este acogimiento de 2 críos con edades de 6 y 3 años, respectivamente, si hace que se resienta la economía familiar.

Partiendo de esta premisa, las ayudas económicas a las familias acogedoras deben concebirse como compensación por los nuevos gastos que han de asumir, de tal modo que su suficiencia económica no se viese resentida.

Entendemos las explicaciones que se nos da desde el Servicio de Protección de Menores sobre la crisis y sobre el momento económico concreto que vive la Dirección General de Infancia y Familias, pero entendemos que si en la resolución de la Comisión de Medidas de Protección no se reconoce la condición de acogimiento remunerado nunca nos nacerá ese derecho, ni siquiera cuando cambien las condiciones económicas de dicha Dirección General.

A pesar de ser una exigencia legal –artículo 173.2 del Código Civil- no aparece en la resolución administrativa ningún pronunciamiento relativo al carácter remunerado o no del acogimiento.

A nuestro modo de ver, la filosofía imperante en nuestra Constitución debería impulsar a la Administración a ser pródiga en la concesión de ayudas sociales en tales supuestos, actuando con eficiencia y eficacia, y ello considerando el deber que incumbe a los Poderes Públicos, como garantes de los derechos del menor”.

También nos referimos a aquella otra queja de una abuela que tiene a sus 2 nietos en acogimiento familiar desde su nacimiento y se lamenta que desde hace unos meses no le abonan la compensación económica por dicho acogimiento, ello a pesar de tener una situación económica muy precaria.

“Tengo a mis nietos conmigo desde que nacieron y acudo a su persona para que nos ayude. Desde Enero de este año por asuntos burocráticos no obtenemos las mensualidades de los menores.

Están enfermos los 2. Por favor llame a la Unidad Tutelar ..., a mi lo único que me dicen por teléfono es que aún no han leído o visto los informes.

Señor hágase una idea de mi situación, cobro una pensión de viudedad de 485 euros”.

Del mismo modo, el funcionamiento de algunos centros residenciales de protección de menores se han visto afectados por los ajustes presupuestarios al modificarse o suprimirse los programas desarrollados en algunos de ellos gestionados por entidades colaboradoras. La Administración alude a las potestades de planificación, diseño, control y seguimiento de los recursos especializados de atención a la infancia, de tal modo que considerando que los recursos gestionados por la propia Administración son suficientes para desarrollar por los diversos programas residenciales es lógico que no se demande la ejecución de los mismos por entidades colaboradoras.

No obstante, estas legítimas decisiones de la Administración no son siempre bien aceptadas por los titulares de los mencionados centros en la creencia de que se trata de una medida basada únicamente en criterios económicos y no en el interés superior de los menores.

Por otro lado, muchos son los análisis, estudios y foros de debate sobre la incidencia de la crisis en la vida de los jóvenes. Nadie en estos momentos puede ser ajeno a los graves problemas con los que se enfrenta en la actualidad la juventud, y en especial por lo que respecta a la posibilidad de independizarse de sus familias.

Muchas razones contribuyen a esta situación, pero con probabilidad las que mayor peso tienen son, por un lado, las dificultades para acceder a un mercado de trabajo que requiere cada vez mayor especialización, y por otro, la actual crisis económica que incide especialmente con este colectivo. Los últimos datos apuntan a que la tasa de paro de los jóvenes menores de 25 años está por encima del 42 por 100, una cifra que habla por sí sola.

Sin embargo, existe un colectivo de jóvenes especialmente vulnerables al que no parece que se le esté prestando la atención que requiere, son los jóvenes que se han visto obligados a abandonar el Sistema de Protección tras alcanzar la mayoría de edad.

Y es que junto a los problemas anteriores que padecen los jóvenes en general, los extutelados se enfrentan, además, a otra dificultad añadida: la ausencia de apoyo familiar que les obliga a madurar y asumir responsabilidades antes que quienes disponen de una vida normalizada. Esta circunstancia puede llegar a provocar, sin duda, que algunos de estos jóvenes entren en la marginación y en la exclusión social, y por ello son merecedores de una especial atención y dedicación tanto por parte de los poderes públicos como, en general, por toda la sociedad.

Ésta es la descripción de la situación desde la óptica de la experiencia de las quejas y reclamaciones que nos presentan la ciudadanía. Pero una Institución que tiene encomendada la misión de velar por los derechos de la infancia y adolescencia no puede quedar impasible ante esta realidad y debe dar la voz de alarma cuando considera que los derechos de las personas menores de edad se puedan encontrar comprometidos por la actual coyuntura económica.

En épocas anteriores a la crisis se produjo una importante mejora en los recursos públicos destinados a la protección de menores, si bien estos esfuerzos realizados todavía estaban lejos de alcanzar un estado óptimo en la protección a la infancia. Los avances de entonces no pueden ni deben verse afectados con los recortes en políticas dirigidas a este sector de la población.

En todo caso, una Institución garantista como el Defensor del Menor debe recordar a los poderes públicos que están obligados, aún en tiempo de crisis, a prestar una protección especial a la infancia. De ahí que, a pesar de las limitaciones, recortes y contención del gasto público, debemos demandar a dichos poderes públicos que promuevan e incrementen cuantas medidas y actuaciones sean necesarias para combatir el impacto de la crisis y sus efectos en las personas menores.

Es más, algunas de estas acciones no llevan aparejada inversión económica alguna sino un aumento de la eficacia y eficiencia en la actuación de las Administraciones. Ciertamente tenemos el pleno convencimiento de que es posible conseguir este reto sin necesidad de afrontar un incremento en los gastos públicos que sabemos inasumible en estos momentos.

Tal sucede con el incremento de las medidas de coordinación entre las Administraciones ante situaciones de riesgo. Uno de los hechos más recurrentes que se nos suscita en el devenir cotidiano del funcionamiento de esta Institución es la ausencia de medidas eficaces y eficientes de coordinación entre las distintas Administraciones públicas. Una conexión que se perfila más necesaria si cabe en momentos de especial vulnerabilidad como los que estamos atravesando por la crisis económica, y ello porque inevitablemente el éxito de cualquier actuación que se proponga o desarrolle con el menor pasa por una necesaria coordinación entre la Administración local, la educativa y el Sistema de protección de menores.

Otra medida que parece conveniente es el impulso de la figura del acogimiento familiar frente al acogimiento residencial. La normativa vigente (Ley de Protección Jurídica del Menor, Ley de los Derechos y Atención al Menor y el Decreto 355/2003, sobre acogimiento residencial) contemplan la preferencia de la permanencia del menor en el seno de la familia frente a su ingreso en un centro residencial. Esta misma línea se recoge en el anteproyecto de Ley de actualización de la legislación de protección a la infancia, actualmente en trámite, especialmente para los menores de 6 años, incluso este documento señala expresamente que los menores de 3 años, en ningún caso, ingresarán en un centro.

Además de estos mandatos que tienen su fundamento en el superior interés del menor, la adopción de la medida de acogimiento familiar frente al residencial supone un importante ahorro para las arcas públicas. Basta en este punto recordar que durante el ejercicio 2009 alrededor de 6000 menores disfrutaron de medidas de protección, de los que alrededor de 3.600 estuvieron acogidos por familias (el 80% -2.944- de los cuales con su familia extensa), y más de 2.700 estuvieron ingresados en centros residenciales. El volumen de gasto relativo al mantenimiento y funcionamiento de dichos centros residenciales ascendió a 72 millones de euros. También, para la subvención de las entidades colaboradoras de integración familiar, la Junta de Andalucía destinó alrededor de 3,5 millones de euros.

El contenido de la presente Memoria va dirigido a la ciudadanía en general, y al Parlamento de Andalucía en particular, por ello aprovechamos la oportunidad que nos brinda este documento para recordar a las fuerzas políticas la existencia del ―Pacto Andaluz por la Infancia", suscrito por todas ellas, donde se comprometieron formalmente a priorizar la infancia en estos tiempos de crisis allí donde ostenten responsabilidades tanto de gobierno como de oposición, tanto a nivel local como en el ámbito autonómico.

Con este Acuerdo, que se llevó a efecto bajo el patrocinio de UNICEF y nuestra Defensoría, se pretendía situar a la infancia entre las prioridades de la agenda política, económica y social de Andalucía, con especial incidencia en tiempos de crisis como los que actualmente atravesamos, pues niños y niñas son más sensibles que las personas adultas a las condiciones bajo las que viven como son la pobreza o la infravivienda. Del mismo modo que son también más sensibles a las acciones y omisiones de los gobiernos que cualquier otro grupo.

Dicho Pacto lleva aparejada una serie de acuerdos entre los que se encuentran reducir o mitigar los riesgos sociales y económicos que afectan directamente a la vida de niños y niñas; invertir en políticas de prevención reductoras de riesgos; intervenir tan pronto como sea posible cuando los menores están en riesgo, a fin de evitar pérdidas o daños irreversibles; mitigar los efectos de crisis, exclusión y pobreza sobre los niños y las niñas, reconociendo que las familias necesitan apoyo para que se garantice la igualdad de oportunidades; provisiones especiales para llegar a la infancia especialmente vulnerable y excluida, incluidos los niños y niñas sin cuidado parental, los que están marginados dentro de sus familias o comunidades debido a su género, discapacidad, etnia, u otros factores.

Así las cosas, no podemos por menos que recordar que este Pacto sigue vigente y, por consiguiente, debe ser un referente en las políticas públicas destinadas a la infancia y adolescencia.

Con independencia de lo anterior y para concluir, además de las propuestas señaladas, debemos sumarnos también a las Recomendaciones formuladas por el Comité de los Derechos del Niño en las Observaciones Finales elaboradas tras la presentación del Estado español de su Informe III Y IV de aplicación de la Convención de los Derechos del Niño en España.

Uno de los aspectos que preocupa al Comité es la falta de partidas específicas asignadas a los niños en los planes y presupuestos elaborados por el Estado para hacer frente a la crisis que afecta profundamente en la actualidad a España, donde la tasa de desempleo es del 20 por 100 aproximadamente y el 25 por 100 de niños y niñas viven en la pobreza o en peligro de sumirse en ella. Además, el Comité sigue preocupado por la falta de información acerca de las asignaciones presupuestarias destinadas a la infancia por las Comunidades Autónomas.

Teniendo en cuenta lo anterior, el Comité insta al Estado español a que lleve a efecto las siguientes medidas:

a) Aplicar un enfoque basado en los derechos del niño cuando prepare el presupuesto del Estado y de las Comunidades Autónomas, aplicando un sistema de seguimiento a la asignación y el uso de los recursos destinados a los niños en todo el presupuesto, de manera que se ponga de relieve la inversión en la infancia. También recomienda la elaboración de presupuestos relativos a niños y niñas en los que se determine el importe y la proporción del gasto destinado a éstos a nivel nacional, autónomo y local, a fin de evaluar las repercusiones y los efectos de dicho gasto en la infancia.

b) Velar por que se protejan las partidas presupuestarias prioritarias destinadas a la infancia frente a los cambios de niveles de recursos en las prioridades del presupuesto general y, de manera más específica, que se protejan las partidas presupuestarias relativas a las medidas sociales afirmativas en favor de los niños que las necesiten, incluso en épocas de crisis.

Por lo que se refiere a las ayudas a las familias, el Comité valora positivamente la gran variedad de servicios sociales existentes para ellas, si bien, le preocupa que muchas sigan sin contar con asistencia adecuada para ejercer sus responsabilidades relacionadas con la crianza, en particular familias en situaciones de crisis debido a la pobreza, la falta de vivienda adecuada o la separación. En especial, inquieta a este órgano la situación de las personas menores que viven en familias afectadas por la actual crisis económica, y que necesitan medidas sociales afirmativas, en particular familias de origen extranjero y monoparentales.

Desde esta perspectiva, el Comité recomienda a España la adopción de las siguientes medidas:

a) Redoblar sus esfuerzos por prestar la asistencia adecuada a los padres y tutores legales en el ejercicio de sus responsabilidades relacionadas con la crianza, en particular a los de familias en situaciones de crisis debido a la pobreza, la falta de vivienda adecuada o la separación.

b) Velar por que se satisfagan las necesidades de todos los niños y que adopte todas las medidas necesarias para asegurar que ningún grupo de niños viva por debajo del umbral de la pobreza.

c) Reforzar el sistema de prestaciones familiares y por hijo para apoyar a los padres y los niños en general y que preste apoyo adicional a las familias monoparentales, las que tienen muchos hijos y aquellas cuyos padres están desempleados.

En el Informe correspondiente al año 2010, cuando abordamos la pobreza infantil en Andalucía, nos sumamos a una de las Recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño, que demanda la elaboración de un Plan Nacional para combatir la pobreza infantil. Y apuntábamos la conveniencia de que este instrumento, de forma separada o integrado en un nuevo Plan Integral de la Infancia, supusiese un marco de referencia en el cual se identificasen las acciones prioritarias para luchar contra la exclusión que sufren las personas menores de edad en situación de pobreza. En dicho Plan se definirían objetivos mensurables, indicadores con que evaluar el cumplimiento de los objetivos, así como los plazos previstos para su cumplimiento.

Este proyecto no ha visto todavía la luz, sin embargo, ahora más que nunca consideramos que es necesario su existencia. Y decimos esto porque en el presente ejercicio se ha confirmado que la crisis no es una mera coyuntura pasajera propia de los diferentes ciclo económicos, todo lo contrario, se trata de una dura realidad con la que debemos convivir no sabemos durante cuanto tiempo más, algunas previsiones menos optimistas vaticinan que será muy prolongado.

Ante este desolador panorama, que conllevará siguiendo la tendencia marcada en los últimos años un incremento de los niveles de pobreza, se impone más que nunca la necesidad de contar con un Plan Andaluz contra la pobreza que establezca acciones específicas y eficaces para reducir y ayudar a los niños y niñas en nuestra Comunidad Autónoma que viven o puedan vivir por debajo del umbral de la pobreza. Es necesario, por tanto, un esfuerzo de los poderes públicos para incrementar los niveles de protección de este sector especialmente vulnerable de la sociedad, sobre todo en tiempos de crisis.

Orden: 
9
Año del informe anual: 
Jueves, 2 Mayo, 2013
Área: 

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