La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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El colegio pudo cubrir la baja del personal técnico de integración social para atender al alumnado con necesidades especiales

Queja número 22/0761

La presente queja fue tramitada por esta Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, y Defensor del Pueblo Andaluz, en relación con la dotación de recursos para el alumnado con necesidades especiales en un Centro de Educación Infantil y Primaria (CEIP) en un centro de un municipio de Málaga.

Así pues, las actuaciones emprendidas se dirigieron a requerir información ante los servicios de la Delegación Territorial de Educación y Deporte. En el informe se recoge:

En la Relación de Puestos de Trabajo (R.P.T.) del C.E.I.P. ….. aparece una plaza de PERSONAL TÉCNICO DE INTEGRACIÓN SOCIAL (nivel lll de categoría profesional según el VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía), que está cubierta. Actualmente, se encuentra de baja por I.T. (Incapacidad Temporal), por lo que este Servicio ha procedido a su sustitución a través del procedimiento que regula la normativa. La petición de la cobertura de la baja por parte del centro se produjo el día 19 de enero de 2022. Desde el día 07 de marzo de 2022 se encuentra desempeñando el puesto otro técnico en sustitución de la titular.

La cobertura de sustituciones o bajas, según acuerdo adoptado entre la Delegación de Educación, el Servicio de Función Pública y la Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, Servicio de Intermediación, que tuvo lugar en octubre de 2018, sigue el siguiente procedimiento:

Al personal laboral, cuando se encuentra en situación de I.T. (Incapacidad Temporal), jubilaciones parciales, permisos especiales (maternidad, riesgo por embarazo, permisos no retribuidos...), se le sustituye mediante oferta de empleo enviada al Servicio Andaluz de Empleo.

Los pasos del procedimiento son los siguientes:

* Cuando se produce algunas de las situaciones arriba indicadas, se procede a solicitar autorización a Función Pública para poder enviar la oferta al S.A.E. (Servicio Andaluz de Empleo).

* Una vez firmada la oferta, se remite a la Gerencia Provincial del Servicio Andaluz de Empleo. Este organismo es el encargado de trasladarla a la oficina de empleo correspondiente.

* Una vez en la oficina, se publica en una página web durante cinco días naturales, donde los interesados se inscriben.

* De todos esos candidatos, se seleccionan tres, que envían la documentación requerida a la Sección de Personal no Docente mediante correo electrónico. Una vez que la documentación de los candidatos ha tenido entrada en la Sección, se procede a convocar a los sindicatos en una comisión de baremación y el que haya obtenido la puntuación más alta es el que resulta adjudicatario.

* Se procede a hacer el contrato.

* Por último, el proceso pasa una fiscalización previa con una antelación mínima de diez días hábiles.

A todo este procedimiento, se une que la búsqueda de los candidatos se hace a nivel de Comunidad Autónoma, basándose en un escrito del Defensor del Pueblo Andaluz, por lo que las renuncias a estas sustituciones son constantes y esto conlleva que, a veces, hay que volver al punto de partida porque la oferta se queda sin candidatos”.

En atención al informe recibido desde los servicios educativos, podemos considerar que la situación generada ha sido finalmente atendida con la incorporación del profesional citado. Por tanto, y a tenor siempre del criterio profesional y técnico de los servicios especializados del CEIP, podemos considerar que la situación expresada en la queja se encuentra en vías de solución.

Procedemos pues a concluir nuestras actuaciones, sin perjuicio de mantener un seguimiento del caso en el supuesto de que se produzcan novedades sustanciales.

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