La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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El cobro de tasas de basura ha prescrito. Le devuelven los importes cobrados

Queja número 12/1694

Devolución de las cantidades indebidamente cobradas por tasa de basuras.

Una ciudadana se dirige a esta Institución y expone que es propietaria de un local que tiene alquilado. Ante la falta de pago del inquilino de la tasa de basura, obligación derivada del contrato, la Diputación Provincial decretó el embargo sobre cuentas corrientes de su hija, en concepto de tasa de basura del local de referencia, por el período 2002 a 2010.

Al no ser su hija la propieraria del local, formuló la oportuna reclamación solicitando la devolución de las cantidades indebidamente embargadas. Siendo estimada dicha reclamación.

De acuerdo con la legislación tributaria, las cantidades correspondiente al período 2002 a 2006 ambos inclusives, se encontrarían prescritas, por lo que con fecha 16/09/2011 procedío a liquidar únicamente el período 2007 a 2010.

No obstante, la Diputación Provincial de Granada seguía reclamando el período 2002 a 2006.

Tras solicitar informe a la Diputación Provincial de Granada, dicho organismo informa que se ha procedido a la devolución de la cantidad adeudada. 

¿Te preocupa algo o tienes alguna duda?

51 Comentarios

Maria (no verificado) | Febrero 27, 2024

No he pagado la tasa de recogida de basura desde que me compré el piso, en el 2006, mi pareja se ocupaba de esos temas y ahora que estoy sola revisando papeles he visto que no estaba pagándola, claro que tampoco he recibido ninguna carta por parte del ayuntamiento para cobrarla que puedo hacer?

El DPA responde | Marzo 4, 2024

Hola María,

La tasa por recogida de basuras tiene la consideración de tributo y, por tanto, el derecho a su recaudación prescribe a los cuatro años, tal y como establece la Ley General Tributaria 58/2003 en sus los artículos 66 a 70. No obstante, si el Ayuntamiento te ha estado notificando formalmente la deuda, este plazo de 4 años se ha interrumpido por lo que no se considera prescrita.

Saludos

Carmen (no verificado) | Enero 26, 2024

El ayuntamiento de Alicante me ha cobrado un IBi equivocado, durante 19 años, tienen obligación a devolver lo cobrado de más?

El DPA responde | Enero 29, 2024

Hola Carmen,

Ante todo, tenemos que decirte que nuestro ámbito de actuación es la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Te recomendamos que te pongas en contacto con tu ayuntamiento para que puedan aclarar tu consulta y, en todo caso, la figura similar al de esta Institución en esa Comunidad Autónoma es el Sindic de Greuges de la Comunidad Valencia. El enlace a su página web es el siguiente: https://www.elsindic.com

ISABEL (no verificado) | Noviembre 8, 2023

Hola,me puede reclamar el Ayuntamiento,tasas de basura del año 2020 incluido ,gracias

El DPA responde | Noviembre 14, 2023

Hola Isabel,

La tasa por recogida de basuras tiene la consideración de tributo y, por tanto, el derecho a su recaudación prescribe a los cuatro años, tal y como establece la Ley General Tributaria 58/2003 en sus los artículos 66 a 70, por lo que en el caso que nos trasladas, si el Ayuntamiento te ha notificado formalmente la deuda, estaría en plazo para proceder a su recaudación no considerándose prescrita.

Saludos

rosa nadal (no verificado) | Octubre 20, 2023

Desde el ayuntamiento, no nos emitían el recibo de tasas de residuos domésticos, ahora quieren cobrarnos a los vecinos , estas fincas no estaban dadas de alta, podemos no abonarlas o presentar una queja?
Gracias

El DPA responde | Octubre 22, 2023

Hola Rosa,

Con los datos que nos aportas no podemos orientarte adecuadamente, en cualquier caso, debes de comprobar si aquello que te están exigiendo puede estar ya prescrito o aún no.

Te informamos que la tasa por recogida de basuras tiene la consideración de tributo y, por tanto, el derecho a su recaudación prescribe a los cuatro años, tal y como establece la Ley General Tributaria 58/2003 en sus los artículos 66 a 70. No obstante, si el Ayuntamiento te ha estado notificando formalmente la deuda, este plazo de 4 años se ha interrumpido por lo que no se considera prescrita. Si tienes cualquier duda, puede llamarnos al 954212121 y te informamos al respecto.

Saludos

Francisca (no verificado) | Junio 15, 2023

Di de baja el agua en el año 2000 de un local que poseo y desde entonces no me mandaron recibos de la tasa de basura y ahora me reclaman el pago de la misma desde ese año es legal

El DPA responde | Junio 15, 2023

Hola Francisca,

La tasa por recogida de basuras tiene la consideración de tributo y, por tanto, el derecho a su recaudación prescribe a los cuatro años, tal y como establece la Ley General Tributaria 58/2003 en sus los artículos 66 a 70. No obstante, si el Ayuntamiento te ha estado notificando formalmente la deuda, este plazo de 4 años se ha interrumpido por lo que no se considera prescrita.

Saludos

Vic Echaniz (no verificado) | Junio 14, 2023

Me ha llegado un documento de pago del ayuntamento de barcelona, por impuesto de basuras del año 2007, yo no puedo verificar si el pago lo hice o no, ya no guardo esa documentación, esta preescrito? y si es así como puedo arreglar este tema, Gracias!

El DPA responde | Junio 20, 2023

Hola Vic,

Tenemos que informarte que nuestro ámbito de actuación es la Comunidad Autónoma de Andalucía. Como dices que resides en la Comunidad Autónoma de Cataluña, puedes ponerte en contacto con el Sindic de Greuges de Cataluña para esta cuestión.

Saludos.

Nuria (no verificado) | Junio 2, 2023

Hola tengo una vivienda en un pueblo del cual no me ha venido ningún tipo de recibo de facturas de basuras cuantos años me obligarían a pagar

El DPA responde | Junio 6, 2023

Hola Nuria,

La tasa por recogida de basuras tiene la consideración de tributo y, por tanto, el derecho a su recaudación prescribe a los cuatro años, tal y como establece la Ley General Tributaria 58/2003 en sus los artículos 66 a 70. No obstante, si el Ayuntamiento te ha estado notificando formalmente la deuda, este plazo de 4 años se ha interrumpido por lo que no se considera prescrita.

Saludos

Mar (no verificado) | Mayo 18, 2023

Tasa de basuras dada de baja en año 2000. Se alquila local año 2022. Ayuntamiento se da cuenta de la baja de la tasa y la dan de alta. Pueden reclamar al propietario las tasas de basura desde año 2000? O solo desde año de inicio de actividad comercial que es el 2022?. Gracias

El DPA responde | Mayo 22, 2023

Hola Mar,

para darte una respuesta concreta necesitaríamos más datos, hay variables que habría que tener en cuenta, si lo deseas puedes trasladarnos un teléfono para que te llamemos y o llamar al 954212121. Si lo deseas también puedes enviarnos un escrito detallado por cualquiera de los medios que figuran en este enlace. https://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic

Saludos

Antonio sanchez (no verificado) | Diciembre 9, 2022

La mancomunidad de sierra morena me gira a través de la opaef una tasa de basuras año 2018 del anterior propietario pero ahora a mi nombre como nuevo dueño y por derivación ,en cazalla de la sierra
Yo soy propietario de la casa desde sep 2022
Puede ser esto legal?

El DPA responde | Diciembre 12, 2022

Hola Antonio,

Te sugerimos que nos envíes un escrito firmado junto con toda la documentación por cualquiera de los medios que figuran en el siguiente enlace, para poder estudiarlo y ofrecerte una respuesta más adecuada.

Saludos

Antonio Martinez (no verificado) | Noviembre 15, 2022

Hola buenas tardes os explico a continuación tengo una parcela en una urbanización,no hay vivienda construida ,solo parcela y desde hace 4 años me están cobrando impuesto de basuras
antes no había nada de esto
,estoy obligado a pagar este impuesto ? El pueblo se llama sant pere de vilamajor ,Barcelona ,por favor alguien me puede contestar me siento frustrado ,gracias

El DPA responde | Noviembre 20, 2022

Hola Antonio,

Tenemos que informarte que nuestro ámbito de actuación es la Comunidad Autónoma de Andalucía. Como dices que resides en la Comunidad Autónoma de Cataluña, puedes ponerte en contacto con el Sindic de Greuges de Cataluña para esta cuestión.

Saludos

ESTEBAN (no verificado) | Septiembre 2, 2022

PRESCRIBE A LOS 4 AÑOS DESDE LA FECHA DE EMISIÓN CREO YO.DESDE 2017-2021 SE QUEDA PENDIENTE DE PAGO CON AYUNTAMIENTO EN CUESTIÓN, DESPUES YA NO SE PUEDE COBRAR

El DPA responde | Septiembre 6, 2022

Estimado Esteban,

La Ley 58/2003, General Tributaria, en sus los artículos 66 a 70, regula la prescripción tributaria, la cual establece que prescribirán a los cuatros años. No obstante, si el Ayuntamiento te ha estado notificando formalmente la deuda, este plazo de 4 años se ha interrumpido por lo que no se considera prescrita.

DE todas formas, si te parece puedes enviarnos un escrito firmado con la documentación que tengas para poder verlo con el Ayuntamiento.

José Antonio Mo... (no verificado) | Julio 20, 2022

Me embargan cuenta corriente por débito nuevas tasas pend. años 2016/17 por tratamiento residuos hogar. Ya me hago cargo de la tasa de recogida. No me llega notificación del juzgado por dicho embargo. Que derechos tengo al respecto?
Gracias y saludos cordiales

Antonio Muñoz Millán (no verificado) | Junio 11, 2022

Tuve una parcela de 280 MTRS.en una zona rustica en Conil de la frontera solo tenía contrato de compraventa y no tenía ningún servicio ahora me investigan por falta de pago de basura fui dueño desde el 2006 al 2013 que la vendí ..tienen derecho a reclamarmelo además solo se habla de la parcela de 19900 MTRS.y no de los metros que yo compré no entiendo nada ....y me dan 10 días para reclamar.no se que hacer.gracias.

El DPA responde | Junio 15, 2022

Hola Antonio,

Con los datos que nos aportas no podemos orientarte adecuadamente, en cualquier caso, debes de comprobar si aquello que te están exigiendo puede estar ya prescrito, por las fechas que nos trasladas.

En cualquier caso, te recomendamos que, si nos estás conforme, no dejes pasar los plazos para reclamar formalmente.

Si lo necesitas, puedes contactar con nuestra Institución en el 954212121.

Saludos

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