Queja número 24/8065
La Defensoría de la Infancia y la Adolescencia, y Defensor del Pueblo Andaluz, tramita la presente queja relativa a las peticiones dirigidas sobre la adecuada organización y régimen de uso de instalaciones deportivas de un Ayuntamiento de la provincia de Jaén destinadas a la población con capacidades diversas.
Para conocer las circunstancias del caso, solicitamos con fecha 15 de octubre de 2024 el necesario informe ante el propio ayuntamiento de la capital jienense, que ha remitido su información.
“En primer lugar se informa que este Patronato Municipal de Asuntos Sociales, no tiene responsabilidad respecto al modo y sistema de acceso a las instalaciones deportivas municipales, que dependen del Patronato Municipal de Deportes.
Igualmente no ha tenido entrada en nuestro registro, por parte de la demandada o algún otro representante de Integrar, ninguna solicitud referida al contenido de la demanda indicada ni a ningún otro objeto de posible establecimiento de acuerdo de colaboración o mediación por parte de este Patronato con los servicios deportivos municipales, en relación a la demanda planteada.
En segundo lugar les indicamos que el actual equipo de gobierno municipal a través de reunión mantenida el pasado 21 de febrero, por parte del Alcalde y las concejalas de Deportes y Servicios Sociales, con la demandante y representantes de Integrar; se comprometió a trabajar para garantizar de nuevo el acceso gratuito a instalaciones deportivas municipales a personas con discapacidad y vulnerabilidad para que se reintegren a la normalidad de la practica deportiva municipal”.
A la vista de las informaciones recibidas, podemos acreditar un relato sobre los contenidos de la queja presentada y la posición de los responsables deportivos municipales.
A modo de balance, podemos apreciar una actuación a cargo de los servicios basándose en la voluntad de atender las reclamaciones presentadas, así como disponer del estudio de las medidas adecuadas para ofrecer un mejor servicio a la población, en particular a las personas con discapacidad que emplean estas instalaciones.
Por tanto, hemos de considerar que los procedimientos de control se han activado y procede otorgar un plazo para la conclusión de dichas actuaciones de control a través de la aplicación concreta de las medidas anunciadas al señalar el informe que el servicio responsable “se comprometió a trabajar para garantizar de nuevo el acceso gratuito a instalaciones deportivas municipales a personas con discapacidad y vulnerabilidad para que se reintegren a la normalidad de la practica deportiva municipal”.
En tanto en cuanto, procede considerar el asunto planteado en la queja en vías de solución, por lo que procedemos, pues, a concluir nuestra intervención quedando a la espera de las conclusiones de los trámites anunciados, de los que esperamos ser informados en su momento.
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