La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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El Ayuntamiento no requerirá información adicional para la inscripción de Pareja de Hecho en los casos de algún miembro de origen extranjero

Queja número 24/2308

En relación con el expediente de queja recibido en esta Institución donde el promotor de la queja nos traslada que, habiendo registrada en el Ayuntamiento de Linares solicitud de inscripción de pareja de hecho en la que la mujer es extracomunitaria, el 26 de julio de 2023, técnicos de la Oficina de Atención a la Ciudadanía remitieron petición de informe a la Comisaría de la Policía Nacional de Linares sobre la situación administrativa de su pareja.

Tras admitir a trámite la queja y solicitar informe al Ayuntamiento, nos trasladaban que “en vista de lo establecido en el citado Real Decreto 35/2005, este Ayuntamiento procede a la comprobación de la documentación aportada por los solicitantes, independientemente de que los mismos sean de origen nacional o migrante, por ello y con el fin de recabar la documentación requerida por la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familia e Igualdad de Jaén, órgano al que se le atribuye la citada inscripción en los Registros de Pareja de Hecho”.

Tras el análisis de la normativa de referencia, esta Defensoría entendía que, tal y como se ha desglosado en la Resolución dictada, «en la normativa de aplicación, no se requiere que los interesados tengan que aportar información sobre su situación administrativa, siendo que el pasaporte en este caso es el documento que acredita la identidad de la solicitante, por lo que no sería preceptivo que desde el Ayuntamiento se requiriera la intervención ni comunicación a la Policía Nacional para constatar la validez del mismo».

En base a lo expuesto en la referida Resolución, tras tener en cuenta que «el régimen de acreditación y de Registro que se establece no se emplea como instrumento limitativo de la facultad de las personas para constituir parejas de hecho, sino para dotar de efectos jurídicos a su unión en relación con las Administraciones Públicas de Andalucía y servir como elemento de prueba de su existencia frente a terceros», formulamos a la Corporación las siguientes recomendaciones:

«RECOMENDACIÓN 1: Para que desde su Corporación en la tramitación de la inscripción de las parejas de hecho se respete lo establecido en la normativa de aplicación y no se requiera ni a los interesados de origen migrante ni la colaboración de la Policía Nacional información sobre su situación administrativa ya que ésta no se recoge entre los requisitos de la Ley de Parejas de Hecho de Andalucía.

RECOMENDACIÓN 2: Que en la tramitación de inscripción de las parejas de hecho en las que alguno de los miembros o ambos sean de origen extranjero no se dispense un trato distinto al facilitado a los nacionales, certificando la validez de los documentos que acrediten la identidad de los solicitantes con idéntico procedimiento»

El Ayuntamiento de Linares nos ha comunicado la aceptación a las mismas confirmando la “ACEPTACIÓN de las RECOMENDACIONES indicadas en su RESOLUCIÓN, informando que desde la fecha de su comunicación no se llevarán a cabo requerimiento de información al Cuerpo Nacional de Policía en relación con los expedientes de Pareja de Hecho a instancia de los miembros de la misma que sean de origen extranjero”

Con esta información y en tanto que desde el Ayuntamiento de Linares no requerirán a la Policía Nacional para que evacuen informe de la situación administrativa de aquellos vecinos de origen extranjero que deseen tramitar inscripción de su pareja de hecho.

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