Queja número 13/4623
Tras la actuación del Defensor del Pueblo Andaluz, el Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas (Cádiz), en ejercicio de sus competencias legales, no autoriza la apertura de una discoteca con terraza de verano, actividad irregular al unir dos actividades incompatibles entre si que, en años anteriores, había provocado denuncias de los vecinos a la misma por los ruidos y molestias que sufrían.
El promotor de esta actuación presentó queja ante esta Institución por los elevados niveles de ruido que sufría en su domicilio debido a la actividad de una terraza-discoteca situada en el recinto ferial de Setenil de las Bodegas (Cádiz), cercana a su vivienda. Tras las diversas actuaciones realizadas, formulamos a la Alcaldía-Presidencia del citado Ayuntamiento, en síntesis, recordatorio de los deberes legales derivados de sus competencias en materia de inspección, control y sanción de actividades económicas, así como de la normativa contra el botellón, que deben ejercitarse de forma irrenunciable y conforme a los principios de eficacia y buena administración, recordándole que los establecimientos que pueden contar con música, según el Nomenclátor de Actividades de Andalucía, lo es para su interior, siendo incompatible la autorización de terrazas con la calificación de bar con música; también advertíamos a la Alcaldía de la posibilidad de incurrir en responsabilidad de persistir en la tolerancia de actividades no autorizadas o contrarias a la normativa que han sido denunciadas por la ciudadanía.
Como respuesta a esta resolución, el Ayuntamiento nos comunicó que no había autorizado la apertura de esta actividad durante el pasado verano, por lo que entendimos que, en esencia, se había aceptado nuestra resolución, especialmente en lo que respecta al ejercicio irrenunciable de las competencias legales de las corporaciones locales para impedir o evitar el desarrollo de actividades que no cumplen las exigencias para ser autorizadas, como sucedía en este caso, por lo que dimos por concluidas nuestras actuaciones en esta queja.
0 Comentarios
Escribir un comentario