Queja número 25/6395
Se recibía en esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz comunicación de una vecina de Cádiz a través de la cual exponía que es titular de un local arrendado por el Ayuntamiento de Arcos de la Frontera para prácticas deportivas desde 2020. Dicho contrato venció en enero de 2025 pero el local seguía ocupado por el Ayuntamiento sin abonar el alquiler desde entonces, no habiéndose renovado el contrato.
Había remitido diversos escritos al Ayuntamiento interesando el pago del alquiler de los meses vencidos desde la extinción del contrato, sin haber obtenido respuesta por parte de la Administración.
Admitimos a trámite la queja a fin de que el citado Organismo resolviese los escritos presentados por la interesada.
En respuesta el Ayuntamiento nos dio traslado de un informe en el que se daba respuesta a los escritos presentados por la promotora de la queja. Entendimos, por tanto, que el problema de fondo, la falta de respuesta a estos escritos se había solucionado, dando así por concluidas nuestras actuaciones en este expediente de queja.








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