La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

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El Ayuntamiento le reclama al propietario de un local comercial deteriorado que lo limpie y cierre

Queja número 21/1125

Se recibía en esta Institución escrito de una vecina de Morón de la Frontera, Sevilla, con el que nos exponía, en esencia, que en el bloque donde reside se encontraba en planta baja un local "que está cerrado y lleno de gatos" y que de dicho local "sale un olor insoportable, el cual nos impide abrir hasta las ventanas de la casa". Comentaba que la Comunidad de Propietarios hbía intentado sin éxito que el propietario solventase este problema, que no había accedido a su limpieza, lo que motivó que se presentara un escrito en el Ayuntamiento de la localidad, en diciembre de 2019, pidiendo que se exigiera al propietario la adecuación y limpieza del local.

De los hechos expuestos se desprendía, en principio, lo que parecía ser el incumplimiento del deber de mantener este local en las debidas condiciones de salubridad según lo establecido en el artículo 155 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (Ley 7/2002, de 17 de diciembre), que regula en su apartado 1 el deber de conservación.

No obstante, parecía reflejar el escrito de queja que ni el escrito de denuncia había tenido respuesta, ni tampoco se había solventado el problema voluntariamente por el propietario ni por orden municipal.

Admitimos a trámite la queja y solicitamos la colaboración del Ayuntamiento de Morón de la Frontera interesando que, previos los trámites oportunos, se procediera a inspeccionar el local objeto de la queja y que, si se confirmaban los hechos, se incoase procedimiento para exigir, y en su caso hacer cumplir, al propietario del inmueble su deber de conservación del inmueble, informándonos al respecto.

En su respuesta el Ayuntamiento nos informó que: "por la propiedad del edificio "Local Comercial sin uso situado en los bajos del Edificio “...” , se ha procedido a la limpieza y cierre de puertas y ventanas del mismo, para evitar las molestias que se vienen produciendo a los vecinos. (Se adjuntan fotografías)".

A la vista de lo que se nos informaba, y dado que se había solucionado el problema que motivó la presentación de queja, dimos por terminada nuestra intervención en este expediente y procedimos a su archivo.

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