Queja número 17/5518
A través de la presentación de la queja sobre la cobertura del puesto directivo de la Policía Local de Benamejí (Córdoba), remitimos a sus responsables el contenido de la reclamación presentada.
En concreto, las circunstancias del caso fueron explicadas desde el Ayuntamiento que:
“Considerando los escritos presentados con fecha 16 y 31 de octubre de 2017 en este Ayuntamiento por D. ..., Agente de la Policía Local de este Ayuntamiento, en los que solicita que se proceda a la cobertura del puesto de Jefe de la Policía Local.
Considerando los escritos recibidos en este Ayuntamiento por el Defensor del Pueblo Andaluz (NRE 4107 y 4732) y Defensor del Pueblo español (NRE 4664), en los que se comunica la admisión a trámite de la queja relativa a la falta de cobertura del puesto de Jefe de la Policía Local, solicitando información al respecto.
Considerando el artículo 12 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía y visto el informe de Vicesecretaría de fecha 5 de enero de 2018, Dispongo,
Comunicar a los solicitantes que ya se han iniciado los trámites necesarios a efectos de proceder a la provisión del puesto de Jefe de la Policía Local.”
A la vista de dicha información, y de atenderse a las previsiones enunciadas, entendemos que se han acometido las gestiones destinadas a resolver el motivo de la queja presentada. Confiamos que esta reciente actuación redunde en la mejora del problema expuesto y por tanto, y sin perjuicio de desplegar todas las actuaciones de seguimiento necesarias sobre las medidas anunciadas en relación a la cobertura de la plaza, procedemos a la conclusión de nuestras intervenciones.
0 Comentarios
Escribir un comentario