Queja número 14/0512
Tras la actuación del Defensor del Pueblo Andaluz, el Ayuntamiento de Moguer reconoce las irregularidades en un procedimiento sancionador de tráfico y procederá a la devolución de la cantidad ingresada por el interesado cuando éste lo solicite.
El interesado nos exponía, en su escrito de queja, que en Julio de 2013, cuando acababa de acceder, desde la carretera de Mazagón-Matalascañas a la carretera de acceso al INTA, procediendo al estacionamiento de su vehículo, fue denunciado por los agentes de la Guardia Civil por una presunta infracción al art. 154.-5a del Reglamento General de Circulación, por estacionar bajo señal de prohibición vertical, en zona urbana. La denuncia fue notificada en el acto y se tramitó por el Ayuntamiento de Moguer (Huelva).
El interesado aducía que tenía la absoluta certeza de que había realizado, en todo momento, el estacionamiento bajo las prescripciones generales de la vía en la que se produjo la denuncia, por lo que alegó contra esta imposición de sanción en Septiembre de 2013 y solicitó las pruebas de los agentes denunciantes. Sin embargo, el Ayuntamiento dictó resolución sancionadora basada en que las alegaciones no desvirtuaban los hechos y que el agente denunciante se ratificó en los mismos, desestimando todas las alegaciones e imponiéndole una sanción de 200 euros. Contra esta resolución interpuso recurso de reposición, que fue desestimado por el Ayuntamiento, por lo que finalmente pagó la sanción de tráfico, aunque mantenía su disconformidad con la actuación del Ayuntamiento de Moguer en la tramitación del expediente sancionador.
Tras admitir a trámite la queja y después de varias actuaciones con el Ayuntamiento, éste, finalmente, reconoció diversas irregularidades en el procedimiento sancionador de tráfico que afectaba al interesado y que fueron alegadas por su parte, por lo que habían acordado la devolución de la sanción que le fue impuesta.
Consecuentemente, aconsejándole al interesado que formulara por escrito solicitud al Ayuntamiento de la citada devolución, entendimos que nos encontrábamos ante un asunto en vías de solución y procedimos al archivo de este expediente de queja, ya que estimamos que no resultaban precisas nuevas gestiones por nuestra parte.
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