Queja número 20/6203
En relación con expediente de queja recibido en esta Institución referente al silencio mantenido por la Administración a la reclamación formulada por bloqueo en redes sociales, el Ayuntamiento de Almería nos traslada la siguiente información:
“En relación con la queja tramitada por su Institución, con número de expediente 202000045195 y registrada de entrada en el Ayuntamiento de Almería el pasado 14/12/2020, de la que hemos tenido constancia en este Área de Presidencia y Planificación, motivada por el escrito formulado por Dña. (...), relativa al bloqueo en página de Facebook del Ayuntamiento de Almería, por la presente se informa que, recibida la reclamación descrita, se procedió a las comprobaciones pertinentes de las que se extrajo que efectivamente la reclamante se encontraba bloqueada debido a un error, del que se piden encarecidamente disculpas, por lo que se ha procedido al restablecimiento de su derecho de manera inmediata.
A la misma fecha se le ha dado respuesta directa a la reclamante.
Lo que le traslado para su conocimiento y efectos, confiando que la información facilitada sustancie la queja”.
Tras un detenido estudio de dicha información, dado que el presente expediente de queja se inició a los únicos efectos de romper el silencio mantenido por la Administración a su petición, y considerando que dicha cuestión ha quedado solventada, procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente de queja.
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