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El Ayuntamiento de Almería responde a la solicitud de cambio de ubicación de unos contenedores comprometiendose a mantener la zona en buen estado

Queja número 24/7775

Se recibía en esta Institución escrito de un vecino de Almería formulando queja por la falta de respuesta del Ayuntamiento a un escrito presentado solicitando cambio de ubicación de unos contenedores cercanos a su vivienda. Dicho escrito había sido reiterado posteriormente mediante nuevos escritos, que tampoco habían sido respondidos.

Admitida a trámite la queja a fin de que el referido organismo diese expresa respuesta al escrito de la promotora, tampoco esta Institución recibió respuesta, por lo que tuvimos que formular resolución en la que recordamos al Ayuntamiento la legislación y jurisprudencia del silencio administrativo negativo, recomendándole que respondiera expresamente el escrito presentado por la parte afectada.

Recibimos del Ayuntamiento de Almería el informe que daba respuesta a la solicitud del reclamante mediante el cual se le trasladaba que:

La ubicación exacta de unos contenedores soterrados viene condicionada por el espacio libre que se debe dejar para la maniobrabilidad de los vehículos recolectores, así como por la existencia de otras infraestructuras que condicionen su ubicación (telefonía, suministro eléctrico, suministro de agua …).

Por ello, la ubicación elegida fue fruto de un análisis y estudio de las distintas opciones existentes en esa calle que fueran compatibles con el servicio de recogida y además no interfiriera con las canalizaciones correspondientes a otras infraestructuras ya existentes, como se ha dicho anteriormente.

Desde este Ayuntamiento se prestará especial atención a esta isla de contenedores soterrados para mantenerla en buen estado de limpieza y se vigilará, en la medida de lo posible, que no se produzcan depósitos incontrolados de residuos realizados por los usuarios fuera del horario establecido por la Ordenanza Municipal de Limpieza de Espacios Públicos y Recogida de Residuos.”

A la vista de que se había puesto fin a la situación de silencio administrativo objeto de queja, dimos por terminada nuestra intervención en la misma y procedimos a su archivo.

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