La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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El ayuntamiento cumplirá el acuerdo y pagará a una vecina el terreno utilizado como calle para unir dos barrios

Queja número 23/2720

En 2021 se tramitó en esta Institución queja de una vecina de un municipio de Granada porque en una finca de su propiedad se estaba haciendo una calle para unir dos barrios del municipio.

Exponía que al objeto de solucionar tal irregularidad de la forma más amistosa posible, se firmó un acuerdo por el que el Ayuntamiento se comprometía a la compra del terreno ocupado y a formalizar los documentos, deslindes y demás requisitos inherentes a una compra legal.

La queja se centraba, en esencia, en la falta de cumplimiento de dicho compromiso por parte del Ayuntamiento.

En la tramitación de aquella queja el Ayuntamiento afectado nos trasladó informe a través del cual informaba que el expediente para la compra de esos terrenos, estaba en trámite, habiendo consignación presupuestaria y estando realizada la correspondiente Retención de Crédito para la compra de los terrenos.

Según decía dicho informe el Órgano Municipal competente para la adopción de Acuerdos se encontraba a la espera de que por la Secretaría Intervención del Ayuntamiento se concluyera toda la documental prevista, momento en el cual se procedería con la mayor urgencia a completar el expediente. En vista de lo informado procedimos al cierre de aquella queja.

Pues bien, recientemente volvíamos a recibir comunicación de la promotora de la queja manifestando la falta de resolución del problema planteado.

Admitimos a trámite la queja y solicitamos la colaboración del Ayuntamiento para solicitarle información relativa a la efectiva compra de los terrenos, expresando la fecha de celebración del contrato y su completa perfección.

El Ayuntamiento nos informó de que se formalizará el pago, por encontrarse legalmente previsto, en un plazo aproximado de 2 meses, a modo de previsión.

Entendimos que el problema que motivó la presentación de queja se encontraba en vías de solución y procedimos al cierre del expediente de queja.

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