Queja número 24/7311
La Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, y Defensor del Pueblo Andaluz, tramita la presente queja relativa a los procesos de atención al alumnado con necesidades educativas y refuerzo de apoyo de profesionales para la atención y apoyo, en un Centro de educación infantil y primaria (CEIP) de un municipio de la provincia de Málaga.
En su día nos dirigimos ante la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Málaga trasladando dicha problemática y hemos recibido comunicación sobre el tema con fecha 30 de octubre de 2024.
“PRIMERO. En los centros educativos se asume que la respuesta educativa que hay que ofrecer debe fundamentarse en los principios de atención a la diversidad e inclusión, tal y como recoge la Ley Orgánica 2/2006, 3 Mayo de Educación modificada por Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre y la Ley 17/2007 de Educación en Andalucía.
SEGUNDO. La dotación de los recursos en el contexto escolar se realiza conforme a lo recogido en los informes de evaluación psicopedagógica y dictamen de escolarización de cada alumno, siendo el centro educativo el que tiene las competencias para la organización y distribución de la forma más eficiente de los recursos de que dispone para la mejor atención del alumnado que lo necesita.
TERCERO. Se ha realizado un estudio atendiendo a las demandas expresadas, a saber:
• Justificación y estudio del equilibrio en la escolarización de alumnado con necesidades educativas especiales en la zona.
• Adecuación de los recursos de difícil generalización atendiendo a los dictámenes de escolarización del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo (NEAE) del centro.
• Horario de intervención de los profesionales de audición y lenguaje en el centro.
En la base de datos de los recursos personales del CEIP consta que el centro tiene 1 profesional técnico de integración social con 30 horas semanales, y en el censo de NEAE (Séneca) hay 11 alumnos que necesitan monitor en modalidad B (aula ordinaria con apoyos) y 2 alumnos en modalidad C (aula específica) en cuyo dictamen de escolarización se incluye el recurso de PTIS.
No debemos olvidar que junto al Personal Técnico de Integración social (PTIS) hay otros profesionales que atienden a este alumnado de manera permanente por lo que, en este momento, y según lo establecido en los Dictámenes de Escolarización vigentes, el alumnado está siendo atendido adecuadamente con los recursos que se contemplan.
CUARTO. Desde el Servicio de Ordenación Educativa se revisan continuamente los censos de alumnado NEAE, ajustando los recursos a las necesidades de los centros. Si se realizaran nuevas evaluaciones psicopedagógicas o se revisaran las anteriores y de ello surgieran nuevas necesidades, se procedería a una actualización de los recursos”.
Tras estudiar el informe enviado, hemos de comprobar la reacción adoptada por las autoridades educativas desde la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Málaga para abordar las necesidades del centro y de la familia del alumno afectado. También observamos que el informe recibido de la Delegación alude a una dotación acorde a las ratios o parámetros de servicio que planifican los servicios educativos en relación con la dotación de la figura de profesionales de apoyo ante perfiles de chicos y chicas con dificultades del aprendizaje.
Efectivamente, esta definición del servicio del informe de la Delegación ofrece los detalles de apoyo, y debemos entender que la evaluación del servicio ha establecido la conveniencia de los recursos fijados, a la vez que anuncian su intención de evaluar estas necesidades y procurar disponer, en cada caso, de los apoyos oportunos: “Si se realizaran nuevas evaluaciones psicopedagógicas o se revisaran las anteriores y de ello surgieran nuevas necesidades, se procedería a una actualización de los recursos”.
Este singular apoyo deriva de los respectivos informes psicopedagógicos de cada alumno o alumna que permite determinar las necesidades de recursos específicos del alumnado de necesidades educativas especiales. Por otra parte, los recursos se distribuyen cada curso escolar, tras el estudio de las necesidades detectadas en todos los centros educativos a través de los Servicios de Ordenación Educativa proponiendo la distribución de estos recursos personales.
En el marco de esta metodología, destacamos la información de que “según lo establecido en los Dictámenes de Escolarización vigentes, el alumnado está siendo atendido adecuadamente con los recursos que se contemplan”; por lo que confiamos que, finalmente, las medidas adoptadas acrediten un eficaz servicio, a la vez que destacamos la disposición para promover una mejora de la situación.
Comprendiendo la preocupación generada en la familia por disponer de los recursos adecuados, en particular de PTIS, valoramos que la situación se está abordando desde unas pautas razonables y, por ello, consideramos que el asunto parece encontrarse en vías de solución, otorgando un plazo de tiempo oportuno para disponer la aplicación de estas medidas y su consiguiente valoración.
Y así, procedemos a concluir nuestra intervención quedando dispuestos a realizar todas las actuaciones de seguimiento que resulten oportunas.
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