Queja número 16/1213
La administración expone los argumentos que determinaron la resolución denegatoria. No obstante, explica que posteriormente recibieron Instrucciones en las que se indica que en los casos donde se de la circunstancia de ascendientes con vínculo conyugal pero sin convivencia, se resuelva favorablemente el reconocimiento del título de Familia Numerosa aunque sacando de éste al ascendiente que no conviva en el domicilio familiar.
La interesada comunicaba que se le había denegado a su familia la renovación del título de familia numerosa, con el argumento de que el padre no se encuentra empadronado en su mismo domicilio. La interesada argumentaba que dicho requisito no se encuentra contemplado en la normativa y que el motivo por el que no está empadronado allí es por motivos laborales, permaneciendo casados y con la misma relación marital y paterno filial.
0 Comentarios
Escribir un comentario