Queja número 20/4962
Presentaba queja en la Institución un vecino del municipio de Rota, Cádiz, exponía en su escrito lo que consideraba "un atropello en mi consideración de ciudadano y contribuyente" por parte del Ayuntamiento por sus actuaciones con relación a las instalaciones de un Hotel, situado en Costa Ballena, a escasos 100 metros de su domicilio y que, según manifestaba "está siendo desde su inauguración una fuente inagotable de ruidos y molestias que exceden, a mi criterio, los tolerados por la legislación vigente".
Añadía el interesado que han instalado un Parque Acuático, cuya legalidad viene cuestionando desde 2019 con sucesivos escritos dirigidos al Ayuntamiento, en los que solicitaba, como parte afectada lo siguiente:
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La licencia de actividad.
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Las medidas correctoras para controlar el impacto visual y acústico.
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Los horarios de funcionamiento.
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Realización de una visita de inspección.
Según relataba, el resultado de sus instancias "ha sido el silencio absoluto por parte del Ayuntamiento. N0 HE RECIBIDO UNA SOLA RESPUESTA Y EL PARQUE ESTÁ OPERATIVO AL MENOS DESDE EL 15/07/20".
Asimismo, denunciaba que el establecimiento "ha colocado en la parte posterior, para no molestar a sus huéspedes, y frente a mi vivienda y otras más, además del Parque Acuático, toda una serie de actividades molestas sin la protección adecuada:- El Parque Acuático descrito - La zona de carga y descarga de mercancías - El taller de mantenimiento - La maquinaria de aire acondicionado - La descarga de Biomasa.”
Estas instalaciones incrementan, al parecer, las molestias y ruidos que soporta el promotor de la queja. Por lo que solicita la intervención del Defensor para que el Ayuntamiento responda a sus escritos y comunicaciones y para que se haga un ensayo acústico o se le facilite el que, en su caso, se hubiera realizado
Admitimos a trámite la queja y solicitamos la colaboración del Ayuntamiento de Rota que en respuesta a nuestra solicitud nos envió informe donde se nos trasladaba que mediante Decreto de alcaldía de enero de 2021 “se ha resuelto dejar en suspenso la Declaración Responsable de Utilización presentada por dicho Hotel, hasta tanto no se emitan los informes técnicos favorables tras visita al establecimiento y no presente los documentos necesarios para el otorgamiento definitivo de la licencia.
Igualmente en el citado Decreto, se advierte al interesado de la imposibilidad de ejercer la actividad, sin que la misma haya sido sometida a los medios de intervención correspondiente, ya que hasta el momento, el establecimiento no cuenta con título para poder desarrollar legalmente la actividad.”
Entendimos, por tanto, que el problema se encontraba en vías de solución dando así por concluidas nuestras actuaciones en este expediente de queja.
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