La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Cuidarán más la vigilancia para evitar casos como la de un jugador de baloncesto menor de edad que quedó sin vigilancia tras ser expulsado del encuentro

Queja número 22/0645

La presente queja se tramita en relación con la situación generada tras la expulsión de un jugador de baloncesto menor de edad que supuso abandonar el recinto deportivo y permanecer en el exterior solo hasta la conclusión del encuentro.

En su día esta Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, y Defensor del Pueblo Andaluz, se hizo eco del caso y con fecha 14 de febrero de 2022 nos dirigimos ante la Federación Andaluza de Baloncesto para conocer las actuaciones emprendidas ante la situación creada.

Los servicios de esta federación han enviado un detallado y ágil informe con fecha 27 de febrero de 2022 del que extraemos lo siguiente:

El pasado día 29/01/2022 se disputó el encuentro de la Categoría Cadete Masculino (edades comprendidas entre 14 a 16 años).

El jugador al que se refiere la comunicación fue “descalificado” por los árbitros del encuentro en el minuto 5 del tercer periodo.

Previamente a la descalificación había sido sancionado con una falta antideportiva en el minuto 5 del primer periodo.

Según el artículo 38.1.1 de las Reglas Oficiales de Baloncesto una falta descalificante es “cualquier infracción antideportiva flagrante cometida por jugadores, sustitutos, entrenadores, entrenadores ayudantes, jugadores excluidos y miembros de la delegación acompañante”.

A tenor del artículo 38.3.2 de las Reglas Oficiales de Baloncesto “siempre que se descalifique al infractor de acuerdo a los respectivos artículos de estas reglas, se dirigirá al vestuario del equipo, donde permanecerá el resto del partido o, si lo desea, podrá abandonar las instalaciones”

Las Reglas Oficiales de Baloncesto son el conjunto de las reglas de juego que se aplican en nuestro deporte y son aprobadas por la Federación Internacional de Baloncesto (FIBA), aplicándose en todo el mundo.

En nuestro caso, el jugador una vez que fue descalificado por una acción antideportiva flagrante, y por su mal comportamiento durante el encuentro, debió dirigirse a los vestuarios.

Parece ser que en este caso optó por abandonar las instalaciones, pero en ningún momento se le obligó a ello, como bien indica el citado precepto. El entrenador de su equipo no advirtió de esta circunstancia a ninguna de las personas presentes ni a los miembros del equipo arbitral.

Según la información de la que disponemos, se falta a la verdad cuando en el escrito de queja se manifiesta que el equipo solo iba acompañado del entrenador, ya que había padres del equipo que estaban presentes durante el partido. Y en cualquier caso debió ser el entrenador quien advirtiese la situación en la que quedaba el menor tras la descalificación.

No obstante, lo anterior, se manifiesta que desde la Federación Andaluza de Baloncesto se han cursado las instrucciones correspondientes al Departamento Arbitral a fin de que los árbitros de los partidos donde participen menores vigilen que en caso de que un jugador sea descalificado y opte por abandonar las instalaciones nunca se quede solo”.

A la vista de la información ofrecida no parece que nos encontremos ante una actuación irregular a cargo de la entidad federativa. Efectivamente, en el marco normativo general, la fijación específica de las condiciones de cumplimiento de las descalificaciones de jugadores se aplicaron sin apreciarse ninguna irregularidad competitiva.

Sin embargo, la cuestión que subyace en la queja no es tanto una discrepancia con esa atribución disciplinaria que se establece, ―y que no se discute― sino la circunstancia no advertida de que la retirada del jugador podría implicar abandonar el recinto con el impreciso riesgo que esta salida alberga para el menor que no estaba acompañado.

En este sentido, desde la Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, y Defensor del Pueblo Andaluz, destacamos la acogida de la Federación para evitar que, en lo sucesivo, se reproduzcan tales situaciones a través de las instrucciones que se citan dirigidas al Departamento Arbitral.

Con todo, y recogiendo su reciente comunicación, consideramos que la cuestión planteada en la queja, de manera ciertamente oportuna, ha sido asumida por la entidad federativa en un sentido colaborador y correctivo, debiendo entender que el asunto estudiado se encuentra en vías de solución.

¿Te preocupa algo o tienes alguna duda?

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