Queja número 17/3219
La interesada exponía que su precaria situación le llevaba a no poder dormir, pensando en el día de mañana, qué darles de comer a sus dos hijos de 10 y 8 años. Su desesperación era máxima, tenía depresión. Como no tenía ingreso alguno, pidió el salario social en febrero y el 11 de abril le llegó una carta diciéndole que no coincidía su dirección con el padrón y que su hijo menor no aparecía empadronado con ella. Ella afirmaba que desde 2013 estaba empadronada en el mismo domicilio con sus dos hijos.
El 12 de abril se dirigió a la trabajadora social y le informaron que habían cogido un padrón histórico de cuando ella estaba viviendo con su abuela, y ya no sabía nada más, hasta que el día 6 de junio, que tenía cita con la trabajadora, se le indicó que se solucionó el problema del padrón y que por problemas informáticos no lo habían podido enviar hasta ese mismo día y que había pedido en la Delegación que no se le perjudicara, pues era ajena a la tardanza en el envío de la correcta documentación, pero que no sabían cuando le mandarían la resolución.
Solicitado informe a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla, se nos contestó que con fecha 23 de agosto de 2017 resolvió conceder a la unidad familiar la medida de I.M.S., que consistiría en una prestación económica de 3.066,36 euros. El pago del I.M.S. se efectuaría de forma anticipada con la siguiente distribución: pago 1: 613,27 euros; pago 2: 613,27 euros; pago 3: 613,27 euros; pago 4: 613,27 euros y pago 5: 613,28 €. El primer pago del I.M.S. se hizo efectivo el día 4 de septiembre de 2017.
Puesto que el asunto planteado se encontraba solucionado, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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