Los plazos tributarios no están suspendidos, en concordancia con las directrices del Real Decreto Ley 8/2020 del 17 de marzo, si bien deudas y fraccionamientos podrán disponer de una moratoria de facto –durante los meses de abril y mayo- y reanudar sus liquidaciones en junio si las circunstancias así lo propician. Más información.
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