Queja número 17/6073
La compareciente exponía que el 31 de agosto de 2017 solicitó el Programa de Solidaridad de los Andaluces y que el 28 de octubre de 2017 recibió notificación de la Delegación de la Consejería Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Granada, requiriéndole presentar, en el plazo de diez días, el informe social a realizar por los técnicos de los servicios sociales del Ayuntamiento de su localidad.
En dicho plazo los Servicios Sociales no se lo habían facilitado, pese haberlo solicitado por escrito, y suponía que la negativa se encontraba en consonancia con el cartel existente en el exterior de la puerta de los mismos, que decía: "Los Servicios Sociales comunitarios no realizarán informes sociales ni socio-familiares a instancia de parte, estos deberán ser solicitados desde el servicio o institución correspondiente debidamente justificada y protocolizada por escrito al Centro de Servicios Sociales comunitarios … en la siguiente dirección ...”.
Añadía que el cartel, al parecer, llevaba muchísimo tiempo, por lo que entendía que la Delegación Territorial habría sido informada, en su día, de cómo y dónde tenía que solicitar los informes sociales, en caso de necesitarlos. Pero que, no obstante y no fiándose, el 6 de noviembre de 2017 expuso la situación por escrito a la Jefatura del Departamento de Inserción Profesional de la Delegación, ante la imposibilidad por su parte, de aportar el informe social requerido porque la administración no se lo proporcionaba y solicitando que no se le denegara esta prestación económica que tanto precisaba, dada su situación económica que calificaba de verdadera pobreza.
Interesado informe a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Granada, se nos participó que el expediente del interesado fue resuelto el 27 de diciembre de 2017, haciendo el pago del IMS el 5 de enero de 2018.
En vista de lo anterior, puesto que el asunto planteado se encontraba solucionado, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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