Queja número 13/3316
Se concede a un gran dependiente plaza en un centro para grandes dependientes físicos.
La parte promotora de la queja expone la situación de su marido, de 51 años de edad, con un 96% de discapacidad reconocida por una enfermedad sobrevenida y al que ha sido reconocida una Gran Dependencia. El afectado tiene asignado el Servicio de Ayuda a Domicilio, si bien, debido a su estado y necesidades, dicho Servicio ha devenido insuficiente, precisando de ingreso en una Residencia en la que pueda recibir los cuidados específicos que su estado necesita (rehabilitación y otros).
La interesada aclara que hace tiempo solicitaron la revisión del PIA, si bien ninguna comunicación han recibido sobre dicha petición. Su voluntad es la de que se le asigne la Residencia de Granada en la que ha estado en otras ocasiones en concepto de respiro familiar, ya que la cercanía a su domicilio y la residencia del hijo menor en esa ciudad, permitirían visitarle con frecuencia, además de haber podido comprobar que se ajusta a sus necesidades.
Tras solicitar información a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Granada, se nos responde que el 30 de septiembre de 2013 se dictó Resolución por la que se concedió al interesado plaza concertada en centro residencial especializado en grandes dependientes físicos, a pesar de la escasez de plazas de este tipo, dada su problemática personal y social y la urgencia que su atención precisaba.
2 Comentarios
Hola buenas noches quisiera saber si un gran dependiente reconocido con paza en una residencia tiene que pagar su plaza en dicha residencia con su pension¿esto es posible¿
Sí es posible, pero es preciso matizar más la respuesta. En breve le contestamos con toda la información que necesita conocer. Un saludo.
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