Queja número 24/0630
La Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, y Defensor del Pueblo Andaluz, tramita la presente queja relativa a los procesos de atención al alumnado con necesidades educativas y refuerzo de apoyo de monitor, o Profesional Técnico de Inserción Social (PTIS), en un Centro de Educación Infantil y Primaria (CEIP) en la provincia de Málaga, así como la atención de enfermería.
En su día nos dirigimos ante la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Málaga trasladando dicha problemática y hemos recibido comunicación sobre el tema con fecha 6 de marzo.
“PRIMERO
En los centros educativos se asume que la respuesta educativa que hay que ofrecer debe fundamentarse en los principios de atención a la diversidad e inclusión, tal y como recoge la Ley Orgánica 2/2006, 3 Mayo de Educación modificada por Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre y la Ley 17/2007 de Educación en Andalucía.
SEGUNDO
Según consta en el Mapa de la Educación Especial de la Dirección General de Planificación y Centros, el censo del alumnado de Necesidades Específicas de Apoyo Educativo (NEAE) del centro cuenta con 9 alumnos/as con Necesidades Educativas Especiales (NEE) quedando recogido en su Dictamen de Escolarización que precisan el recurso de PTIS o FPUB.
El centro cuenta con un Monitor de Educación Especial Función Pública Laboral (FPUB) a 30 horas, que actualmente disfruta de un permiso laboral, si bien se ha solicitado ya su sustitución por otro profesional que se incorporará el próximo 4 de marzo al centro educativo.
La dotación de los recursos en el contexto escolar se realiza conforme a lo recogido en los informes de evaluación psicopedagógica de cada alumno, siendo el centro educativo el que tiene las competencias para la organización y distribución de la forma más eficiente de los recursos de que dispone para la mejor atención del alumnado que lo necesita. Desde la Delegación Territorial, se ha estudiado y aprobado la necesidad de un segundo PTIS, tal y como reclamaba el centro educativo. Dicho profesional ya está incorporado al centro educativo.
TERCERO
El CEIP cuenta con los recursos de PTIS indicados en los Dictámenes de Escolarización del alumnado de NEE. Dichos profesionales desarrollan las funciones con el alumnado que requiera ayuda o asistencias en el desplazamiento, ayuda en el aseo personal, ayuda en la alimentación, ayuda en el control de esfínteres, ayuda en el uso del WC y/o porque necesite supervisión especializada más allá de la que puede prestar el profesorado ordinariamente, funciones que en los centros educativos en la actualidad las realizan los Profesionales Técnicos de Integración Social (APAE o Función Pública) conforme a lo establecido en las Instrucciones de 8 de marzo de 2017, de la Dirección General de Participación y Equidad, por las que se actualiza el Protocolo de Detección, Identificación del alumnado con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo, en el anexo VII.
CUARTO
Una vez recibida la demanda en la que solicita sea atendida su hija de 5 años la cual presenta una enfermedad crónica, Diabetes tipo l, se le informa de que la atención especializada y la supervisión constante a la que se refiere su dictamen de escolarización realizado el 19/05/2023, se le deberá prestar por el PTIS del centro educativo y debe estar contemplado igualmente en el Plan de Intervención realizado por el médico del EOE para la alumna.
QUINTO
Debemos considerar, así mismo, que la Enfermería de Referencia del centro (ERc) en el ejercicio de sus funciones debe intervenir mediante la gestión de casos en el alumnado con problemas de salud. Será función de las ERC realizar la gestión de casos cuando exista un problema de salud que precise de un especial seguimiento o realización de plan de cuidados, incluyendo intervenciones directas sobre los mismos, así como con la familia y el profesorado si fuera necesario. La gestión de estos casos estará a su vez en coordinación con el equipo de AP u hospitalaria que precise. Por ello desde esta Delegación Territorial se promoverá dicha intervención para la mejora de la atención y supervisión de la menor”.
Tras estudiar el informe enviado, hemos de comprobar la reacción adoptada por las autoridades educativas desde la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Málaga para abordar las necesidades del centro y de la familia de la alumna afectada.
También observamos que el informe recibido de la Delegación alude a un refuerzo de los servicios educativos en relación con la dotación de la figura de monitores o PTIS a través de la cobertura del servicio tras la suspensión producida.
Efectivamente esta definición del servicio no avanza en mayores detalles, si bien debemos entender que la evaluación del servicio ha establecido la conveniencia de los criterios de ordenación del horario de PTIS.
Este singular apoyo deriva de los respectivos informes psicopedagógicos de cada alumno o alumna que permite determinar las necesidades de recursos específicos del alumnado de necesidades educativas especiales. Además, en función del dictamen de escolarización, se establece, en ocasiones, la atención en centros específicos de educación especial, o bien en aulas específicas en centros ordinarios o bien la atención del alumnado se realiza dentro de las aulas con apoyos en periodos variables para que el alumnado pueda continuar con su desarrollo evolutivo y formativo y su integración global en la sociedad.
Por otra parte, los recursos se distribuyen cada curso escolar, tras el estudio de las necesidades detectadas en todos los centros educativos a través de los Servicios de Ordenación Educativa proponiendo la distribución de estos recursos personales.
En el marco de esta metodología, confiamos que finalmente, una vez ejecutadas estas medidas y desde su fecha de implantación, los resultados puedan aportar una mejora de la situación.
Igualmente, se han recogido las medidas para atender a la alumna respeto de sus necesidades derivadas de la diabetes disponiendo los mecanismos de atención de enfermería a través de los recursos de la zona.
Comprendiendo la preocupación generada en la familia por disponer de los recursos adecuados, valoramos que la situación se está abordando desde unas pautas razonables y, por ello, consideramos que el asunto parece encontrarse en vías de solución otorgando un plazo de tiempo oportuno para el resultado que se logre con organización del servicio de apoyo de monitores o PTIS en el centro y la efectiva intervención del apoyo de enfermería.
Y así, procedemos a concluir nuestra intervención quedando dispuestos a realizar todas las actuaciones de seguimiento que resulten oportunas.
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