La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Confiamos en las medidas para resolver las demoras de los equipos psicosociales en la provincia gaditana

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 23/9573 dirigida a Secretaría General de Servicios Judiciales

13/05/2024 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

La Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, y Defensor del Pueblo Andaluz, tramita la presente queja incoada de oficio (VER APERTURA) relativa a los problemas provocados por las dilaciones en la elaboración de los informes solicitados a los Equipos Psico-Sociales en litigios de naturaleza familiar en la provincia de Cádiz.

En su día nos dirigimos ante los responsables de la Consejería de Justicia trasladando dicha problemática y hemos recibido comunicación con fecha 19 de abril de 2024 sobre el tema.

En respuesta a su petición, mediante la que promueve actuación de oficio a raíz de la toma de conocimiento de ciertas dificultades en el funcionamiento de los Equipos Psicosociales existentes en la provincia de Cádiz, y por el que solicitan: recursos de personal asignados a los equipos de la provincia de Cádiz y cargas de trabajo de los Equipos en los últimos tres ejercicios (2021, 2022 y 2023); indicadores de gestión de los informes/dictámenes dispuestos por los órganos judiciales, tiempos medios de realización de los informes/dictámenes y medidas adoptadas, en su caso, de apoyo o refuerzo; así como cualquier otro dato de interés en las funciones desarrolladas por equipos afectados”, la Secretaría General de Servicios Judiciales, órgano directivo competente en la materia, dispone lo siguiente:

«Con fecha 2 de abril de 2024, la dirección del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Cádiz ha remitido la información solicitada.

La Secretaría General de Servicios Judiciales, en el ámbito de sus competencias en materia de medicina legal, informa sobre las cuestiones requeridas por el Defensor del Pueblo Andaluz, en su condición de Defensor de la Infancia y Adolescencia de Andalucía:

Los equipos psicosociales se incorporaron a los IMLCF en 2018, mediante Decreto 90/2018, de 15 de mayo (BOJA número 97, de 22 de mayo), por el que se modificó el Reglamento de Organización y Funcionamiento de los Institutos de Medicina Legal de la Comunidad Autónoma de Andalucía, del Consejo Andaluz de Medicina Legal y Forense y de la Comisión de Coordinación de los Institutos de Medicina Legal (aprobado por Decreto 69/2012, de 20 de marzo). El referido Decreto introduce, entre otras modificaciones, un nuevo artículo 13 referido a los Equipos Psicosociales:

«Artículo 13. Equipo Psicosocial.

1. El Equipo Psicosocial está integrado por todo el personal de la Psicología y del Trabajo Social del Instituto encargado de realizar las valoraciones psicológicas y sociales.

2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 13 bis, el Juzgado competente podrá requerir al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses para la emisión de informe psicológico o social en los procedimientos civiles y penales que se sustancien.

3. En los procedimientos civiles y penales corresponderá a la Dirección del Instituto establecer los criterios de reparto entre el personal de la Psicología y del Trabajo Social adscrito al Equipo Psicosocial en atención al objeto de la pericial requerida, y controlar el tiempo de emisión de los informes.»

En la actualidad en la provincia de Cádiz existen 2 Equipos Psicosociales destinados a procedimientos de familia, uno con sede en Algeciras y otro en la ciudad de Cádiz. Estos equipos están formados, cada uno de ellos, por un/a Trabajador/a Social y un/a Psicólogo/a.

Igualmente en el ámbito del IMLCF de Cádiz existe personal administrativo de apoyo, que dedican sus funciones a labores administrativas de apoyo a estos equipos.

CARGAS DE TRABAJO

AÑO

Nº DE EXPEDIENTES TOTAL

EQUIPO DE CÁDIZ

EQUIPO DE ALGECIRAS

ENTIDAD ESPECIALIZADA (CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA)

2021

154

58

47

49

2022

152

69

54

29

2023

149

61

52

36

(El dato hace referencia al número de expedientes que han tenido en este IMLCF y su distribución entre los recursos existentes)

 

EXPEDIENTES FIRMADOS Y ENTREGADOS A LOS JUZGADOS

AÑO

Nº DE EXPEDIENTES TOTAL

EQUIPO DE CÁDIZ

EQUIPO DE ALGECIRAS

ENTIDAD ESPECIALIZADA (CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA)

2021

89

34

55

0

2022

88

23

46

19

2023

90

31

36

23

 

INDICADORES DE GESTIÓN DE LOS INFORMES, DICTÁMENES DISPUESTOS POR LOS ÓRGANOS JUDICIALES

AÑO

Nº DE EXPEDIENTES TOTAL

EQUIPO DE CÁDIZ

EQUIPO DE ALGECIRAS

ENTIDAD ESPECIALIZADA (CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA)

2021

89/154=57,79%

34/154=22,08%

55/154=35,71%

 

2022

88/152=57,89%

23/152=15,13%

46/152=30,26%

19/152=12,50%

2023

90/149=60,40%

31/149=20,80%

36/149=24,16%

23/149=15,44%

(Número de expedientes firmados y entregados sobre el número total que han tenido entrada en este IMLCF)

En atención a los datos anteriores, los expedientes pendientes de informar anteriores a 2023 ascienden a 188.

Entre las medidas adoptadas se encuentra la derivación a una entidad especializadas en la elaboración de informes psico-sociales, a través de contratación administrativa llevada a cabo por la Delegación Territorial de Justicia, Administración local y Función Pública en Cádiz.

Asimismo esta Secretaría General ha solicitado un Plan de choque para el IMLCF de Cádiz, con dos efectivos más, 1 psicólogo y un trabajador social y está trabajando en la realización de un protocolo común de elaboración de informes que agilice la redacción de los mismos, cuestión que será debatida en la próxima reunión de Coordinación con los distintos IMLCF de Andalucía”.

Tras estudiar el informe enviado, hemos comprobado la reacción adoptada por las autoridades de apoyo judicial para abordar las medidas de impulso en el ejercicio de las funciones de los dos Equipos existentes en la provincia gaditana (con sede en Algeciras y Cádiz).

Los datos ofrecidos vienen a confirmar una situación de dilaciones en la elaboración y puesta a disposición de los informes solicitados por los órganos judiciales. Por otra parte, se ofrecen dos posibles vías de agilización como son la contratación de entidades externas para realizar estos informes y, por otra parte, asignar dos puestos de refuerzo de las funciones de Psicología y de Trabajo Social. Ciertamente estos incrementos de medios deberían desempeñar una capacidad añadida de trabajo que, en un plazo indeterminado, permitiría una cierta normalización de la puesta a disposición de los informes requeridos para los juzgados actuantes.

Sin embargo, esta mismas medidas no dejan de resultar superpuestas y provisionales ante un modelo organizativo previo que no parece dimensionado para las cargas de trabajo que asumen los dos equipos gaditanos, al menos en el último trienio analizado.

Igualmente, el informe recibido indica la oportunidad de avanzar en un diseño de un “protocolo común de elaboración de informes” que se procedería a discutir en próximos encuentros técnicos.

Al analizar el caso concreto, surge de inmediato la experiencia acumulada por esta Defensoría de la Infancia y la Adolescencia, y Defensor del Pueblo Andaluz, con motivo de la realización en Julio de 2018 del Informe Especial sobre “Los Equipos Psico-sociales de Andalucía al servicio de la Administración de Justicia”.

Este trabajo supuso una oportunidad para estudiar con carácter singular a estos equipos y su régimen de funcionamiento, permitió un relato completo y detenido sobre todos estos dispositivos de apoyo técnico y aportó toda una batería de medidas dirigidas a la mejora y potenciación de estos recursos especializados para los desempeños de los órganos judiciales en materia litigiosas de derecho de familia cuando resulten afectados menores de edad.

Sin ánimo de reproducir las líneas principales de este trabajo y de las propuestas que se expresaron en las Resoluciones finales que concluían el Informe Especial, sí apuntamos algunas medidas referidas específicamente a la ordenación de los Equipos y a los procesos de sus trabajos e informes:

C) Sobre una nueva ordenación de los Equipos Psico-sociales:

7.- Que por la Consejería de Justicia e Interior se elabore un Plan de reorganización del servicio, adaptando estos recursos en aquellas demarcaciones geográficas en que se aprecie un déficit consolidado. Este Plan deberá tener en consideración, entre otros factores, el histórico de las demandas de servicio de los Equipos Psico-sociales en las distintas provincias andaluzas, la pendencia en la emisión de los informes, la carga de trabajo desempeñada por las empresas externas contratadas, así como las previsiones de creación o distribución de órganos judiciales especializados en Familia.

8.- Que con la mayor celeridad se proceda a proveer las plazas de los profesionales de psicología y trabajo social que se encuentran sin cubrir (...).

E) Sobre los procesos de intervención y actuación de los Equipos Psico-sociales:

12.- Que por los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IMLCF) se elabore, aprovechando las técnicas de gestión de calidad, un proceso que desarrolle los términos de la Carta de Servicios y que sirva de guía para el conjunto de actividades de los Equipos Psico-sociales y su personal.

13.- Que el proceso anteriormente citado describa todas esas intervenciones, incluyendo los modelos de solicitud del juzgado, documentación necesaria de los autos, ordenación de las actividades previstas, disposición de citaciones, realización de entrevistas, aportación de datos complementarios, valoración del caso, definición de conclusiones, redacción final del informe, entrega al juzgado, comparecencias judiciales y registro de la resolución judicial emitida.

14.- Que los datos, registros e indicadores establecidos en el proceso alimenten la información imprescindible sobre el nivel de gestión y los compromisos de calidad fijados.

15.- Que se promueva una definición, estructura y contenidos del “informe psico-social”, a través de la participación de los profesionales de la Psicología y el Trabajo Social de los Equipos, así como de las instancias colegiales, forenses, jurídicas y académicas.

16.- Que se propicie la organización de una base de datos común de los “informes psico-sociales”, aportados desde el conjunto de los Equipos para apoyo del servicio, estudio y tratamiento”.

Insistimos en que las anteriores propuestas se derivan de las conclusiones y valoraciones finales que se elaboraron tras la realización de este Informe Especial que fue entregado al Parlamento de Andalucía, y que permitió un interesante debate ante la Comisión de Justicia con fecha 19 de junio de 2019 (Diario de Sesiones, Comisiones IX Legislatura, n.º 93).

La extensión de estas cuestiones y su motivación no resultan fáciles de reproducir en esta oportunidad, por más que la situación que se contiene en la presente queja reproduce muchas de las situaciones analizadas en ese Informe Especial. Así que consideramos más oportuno insistir en los argumentos que se elaboraron en su día y que, por lo analizado, resultan sensiblemente actuales y, creemos, perfectamente aplicables al caso. De hecho, la situación presentada en la queja que analizamos plantea una posible línea de actuación futura para analizar con una vocación más general el estado de los Equipos Psico-Sociales a la luz de los trabajos de investigados realizados en dicho Informe Especial.

Finalmente, en una valoración del caso motivo de la presente queja de oficio, confiamos que las medidas anunciadas reviertan la situación de dilaciones en los desempeños de los Equipos Psico-Sociales de la provincia de Cádiz.

29/12/2023 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

Esta Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, y Defensor del Pueblo Andaluz, ha venido prestando una especial atención, en el marco de sus responsabilidades institucionales, en el funcionamiento de distintos centros y recursos destinados a la atención de menores en el ámbito de la Administración de Justicia.

Uno de estos servicios son los Equipos Psicosociales que intervienen en los litigios con menores de edad afectados en el curso de procedimientos civiles, aportando sus informes y dictámenes especializados para asistir técnicamente en la esfera de la Psicología y del Trabajo Social a los órganos judiciales competentes para resolver los asuntos de esta naturaleza de Derecho de Familia.

En el ámbito del trabajo desarrollado por esta Defensoría de la Infancia y la Adolescencia, y Defensor del Pueblo Andaluz, resulta frecuente la tramitación de quejas específicas que vienen a centrar sus análisis en los problemas de estos Equipos para aportar los informes solicitados en un tiempo acorde con los plazos preceptivos que señalan las normas procesales.

De hecho, entre las actuaciones realizadas por la Institución a lo largo de su trayectoria, cabe destacar el Informe Especial sobre “Los Equipos Psicosociales de Andalucía al servicio de la Administración de Justicia” que fue entregado al Parlamento en julio de 2018. Dicho estudio concluía con una serie de Resoluciones a fin de avanzar en variadas medidas de mejora sobre aspectos normativos, de organización, presupuestarios, formativos, etc. para la atención de este recurso de apoyo judicial y dependiente de la Consejería responsable en materia de Justicia.

Ahora, con motivo de la tramitación de un concreto caso, hemos tomado conocimiento de una situación que parece exceder del supuesto específico y denota unas dificultades más generalizadas en el funcionamiento de los Equipos Psicosociales en Cádiz, uno en Algeciras y otro en la capital.

Pues bien, una vez analizado el caso, y en base a la dimensión más extensa y generalizada que aparece ofrecer el régimen de funcionamiento de estos Equipos Psico-Sociales en Cádiz, se propone una actuación de oficio al amparo del artículo 10 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre del Defensor del Pueblo Andaluz, en relación con el artículo 24 de la Ley 1/2021, de 24 de julio de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía.

En concreto, en atención a las entidades responsables de la medida analizada, dirigimos la actuación de oficio ante la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública a fin de conocer:

- descripción de los recursos de personal asignados a los Equipos de la provincia de Cádiz.

- cargas de trabajo de los Equipos en los últimos tres ejercicios (2021, 2022 y 2023).

- indicadores de gestión de los informes/dictámenes dispuestos por los órganos judiciales.

- tiempos medios de realización de los informes/dictámenes.

- medidas adoptadas, en su caso, de apoyo o refuerzo.

- cualquier otro dato de interés en las funciones desarrolladas por los Equipos afectados.

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