Queja número 12/4434
Disconformidad con sanción de tráfico. Le imponen multa por la instalación de una parada de taxi en el intervalo en el que estuvo el coche estacionado. El Defensor del Pueblo Andaluz recomendó al Ayuntamiento de Sevilla la reversión de un expediente sancionador por una multa y, tras realizar nuevas actuaciones, resolvió ordenando la baja del expediente sancionador y su archivo.
La interesada nos exponía que en Febrero de 2012 dejó su vehículo estacionado en una calle cercana a su domicilio. Transcurridos cinco días, cuando volvió a su vehículo se encontró un boletín de denuncia en el mismo, pues en esos cinco días que el coche estuvo inmovilizado, el Ayuntamiento de Sevilla había instalado, en el lugar en que estaba aparcado, una parada de taxis. Siempre según la interesada, ni se había informado a los vecinos ni, mucho menos, a los propietarios de los vehículos que estaban aparcados.
Alegó estas circunstancias en el procedimiento, recurrió contra la resolución después de sus alegaciones y, finalmente, la sanción devino en firme pues su recurso había sido desestimado.
Tras admitir a trámite la queja y después de varias actuaciones, esta Institución formuló resolución al Ayuntamiento de Sevilla y en la que expresamente recomendábamos que se retrotrajeran las actuaciones en el procedimiento sancionador acordando un nuevo periodo de prueba solicitado por la interesada y dictando, tras su práctica y el resto de las actuaciones necesarias, la resolución que se estimara procedente.
Como respuesta, el Ayuntamiento, aceptando nuestra resolución y mediante un pronunciamiento expreso sobre su contenido, había valorado nuevas pruebas y, tras ellas, resolvió declarando la baja del expediente y archivando las actuaciones a la vista de las mismas.
Por consiguiente, ante la expresa aceptación de la Resolución formulada y entendiendo que ha quedado resuelto el problema que motivó la presentación de la queja, dimos por concluida nuestra intervención en este asunto.
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