Queja número 19/0035
La promotora de la queja nos traslada su protesta ante la demora en la resolución de su solicitud de RMISA, explicando que tal petición se inició como expediente de emergencia social, siendo rechazada posteriormente tal calificación y reconduciéndose a los trámites del procedimiento ordinario.
Ello no obsta a que, como quiera que ello sea, el plazo de tramitación se haya incumplido, dado que su solicitud data del 10 de mayo de 2018 y aún no ha sido ni siquiera examinado.
De hecho, la parte promotora de la queja afirma que la Delegación Territorial le ha informado de que no han abordado la grabación de las solicitudes del mes de mayo del pasado año y que muy posiblemente la siguiente notificación que le llegará, irá referida a requerimiento de subsanación. Lo que, en su opinión, revela que los requerimientos son un trámite automático dirigido a la dilación de todos los expedientes.
Interesados ante la Administración autonómica, y recibido el informe solicitado, hemos conocido que la solicitud presentada ha sido resuelta de forma positiva tras aportar la documentación requerida, por lo que procedemos al cierre del expediente.
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