Queja número 23/5954
Ante esta Institución compareció una ciudadana mostrándose disconforme con la decisión adoptada por la Entidad Pública de Protección de Menores de restringir todo contacto con su hija, tras ser internada en un centro residencial de protección de menores.
Tras valorar los hechos, solicitamos al Ente Público que nos informase sobre los motivos de esta restricción absoluta de relación entre madre e hija, así como la viabilidad de que dichos contactos fuesen restablecidos. Y en respuesta a nuestro requerimiento fuimos informados de los contactos telefónicos que fueron autorizados entre madre e hija, los cuales fueron valorados como positivos para la menor, lo cual permitió autorizar una visita mensual con visos de que se pudiera incrementar.
En consecuencia, toda vez que del informe de la Administración se deduce que el problema planteado en la queja restablecimiento de la relación entre madre e hija ha tenido una solución favorable damos por concluidas nuestras actuaciones en el expediente