La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

Defensor del Menor

Contáctanos

Ayuda

Aunque con demora, por fin pudo inscribirse en el Registro de Parejas de Hecho

Queja número 22/6980

Venimos recibiendo quejas -entre las que se incluye el expediente reseñado- en la que se invocan desmesurados retrasos en los trámites de inscripción en el Registro de Parejas de Hecho de las distintas provincias de Andalucía, con mayor incidencia en las provincias de mayor población.

La Ley 5/2002, de 16 de diciembre, de Parejas de Hecho, en su artículo 6 establece que las parejas de hecho cuya constitución resulte acreditada serán objeto de inscripción en el Registro instituido al efecto, previa solicitud de las personas interesadas. La regulación de dicho Registro se completa con el Decreto 35/2005, de 15 de febrero, cuyo artículo 19.4 establece que el plazo para dictar y notificar la resolución será de un mes, contado desde la presentación de la solicitud. Transcurrido el plazo mencionado sin que hubiera recaído y se hubiera notificado la resolución expresa, las solicitudes podrían entenderse estimadas.

Antes del Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, las competencias relativas al Registro de Hecho correspondían a la Consejería de Salud y Familias pero tras la reorganización de competencias y estructura administrativa operada por dicho Decreto del Presidente, completada con los posteriores decretos de estructura orgánica de las respectivas consejerías, tales competencias corresponderían a la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, siendo tramitados los expedientes relativos al Registro de Parejas de Hecho en la respectiva Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública.

Es por ello que, tras recibir quejas aludiendo al incumplimiento del plazo de compromiso de respuesta -un mes- y recabar información al respecto hemos podido constatar que la demora en la gestión de los expedientes obedecía al retraso en la asignación de efectivos de personal y disfunciones organizativas derivadas de las nuevas competencias asignadas, con el resultado de demoras en la gestión de los expedientes de 3, 4, ó 5 meses, según lo casos.

Y encontrándonos en esta coyuntura se vuelve a producir una nueva reorganización de la estructura administrativa con la aprobación del Decreto 575/2022, de 27 de diciembre, de modificación de estructura y competencias de Consejerías, cuya disposición transitoria única establece que los procedimientos iniciados y no concluidos a la fecha de su entrada en vigor (27 de diciembre) seguirán su tramitación en los distintos órganos directivos que, por razón de la materia, asuman dichas competencias, siendo así que, en adelante, conforme a lo establecido en el artículo primero de este Decreto la competencia para la gestión del Registro de Parejas de Hecho retorna a la Secretaría General de Familias, Igualdad, Violencia de Género y Diversidad, de lo cual se deduce que la tramitación efectivas de los correspondientes expedientes corresponderá a la respectiva Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.

La tramitación de la queja que motiva esta reseña concluyó tras atender la Delegación Territorial nuestros requerimientos para que se produjera una respuesta ágil, que no añadiera mayor demora a la ya existente, y constatar que se produjo la inscripción registral solicitada aunque hemos de lamentar que con una demora superior a 3 meses (más de 2 meses en exceso sobre el plazo establecido).

En estos momentos seguimos tramitando quejas que aluden a retrasos en las inscripciones solicitadas en el Registro de Parejas de Hecho, en cuyo supuesto más extremo se invocan retrasos superiores a 5 meses.

¿Te preocupa algo o tienes alguna duda?

45 Comentarios

Ana (no verificado) | Septiembre 23, 2024

Yo solicite mi pareja d hecho el 13 de junio , el 16 me citaron en el área de familia y está es la fecha y aún no llaman a comparecer ni me dan respuesta de nada , quisiera saber cuánto tiempo más tarda

El DPA responde | Septiembre 26, 2024

Hola Ana,

Te informamos que según el Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía, con entrada en vigor el 17 de febrero de 2024, el plazo del que dispone la Administración para resolver tu inscripción en el Registro de Parejas de Hecho, es de tres meses.

https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/d...

Dado que aún no has recibido respuesta por parte de la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad de tu provincia, te recomendamos que nos remitas un escrito (en el siguiente enlace te indicamos las vías que tienes para ello: pincha aquí), adjuntando toda la información que tengas sobre esta cuestión (principalmente la copia de la solicitud de inscripción en el Registro de Parejas de Hecho), con objeto de que podamos estudiar cómo podemos ayudarte. Recuerda que el escrito que nos envíes debe venir firmado.

También puedes ponerte en contacto con esta Institución de forma telefónica en el teléfono 954 21 21 21.

Saludos

Fany (no verificado) | Septiembre 22, 2024

Hola, llevaba meses esperando algún correo o notificación por correo. Entre por firma electrónica y me aparece un documento en el que acredita que ya somos pareja

de hecho desde julio . La pregunta es.. para yo cogerme los 15 días en mi puesto laborar .
¿Este papel ya no me sirve porque en teoría debo disfrutar los 15 días
después de la fecha ? Porque si es así ya se me ha pasado.. o desde que entrege el papel en la empresa a partir de ahí es cuando cogería los días.

El DPA responde | Septiembre 25, 2024

Hola Fany,

A través de El Real Decreto-ley 5/2023, del 28 de junio, se llevó a cabo una modificación del Estatuto de los Trabajadores que establecía lo siguiente: «se estipula que la persona trabajadora, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, durante 15 días naturales en caso de «matrimonio o registro de pareja de hecho».

Este derecho podrá disfrutarse consecutivamente al hecho causante o bien dentro del año natural, siempre que las necesidades del servicio lo permitan (aunque todo esto puede variar según el convenio colectivo que de aplicación).

En todo caso, te recomendamos que dirijas a tu empresa o entidad pues a través de la negociación colectiva o mediante el acuerdo entre empresa y persona trabajadora se pueden establecer otros períodos para su disfrute.

Saludos

Miguel (no verificado) | Septiembre 15, 2024

Realizamos y presentamos la documentación en el registro de la junta de Andalucía de Cádiz para el registro de parejas de hecho el pasado 4 de junio de 2024, desde entonces no se han puesto en contacto con nosotros, ni siquiera para comunicar que la presentación de la documentación es correcta y pasa a trámite, han pasado ya los 3 meses que tienen para dar respuesta y nada…

El DPA responde | Septiembre 18, 2024
 
Hola Miguel,

Te informamos que según el Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía, con entrada en vigor el 17 de febrero de 2024, el plazo del que dispone la Administración para resolver tu inscripción en el Registro de Parejas de Hecho, es de tres meses.

https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/d...

Dado que aún no has recibido respuesta por parte de la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad de tu provincia, te recomendamos que nos remitas un escrito (en el siguiente enlace te indicamos las vías que tienes para ello: pincha aquí), adjuntando toda la información que tengas sobre esta cuestión (principalmente la copia de la solicitud de inscripción en el Registro de Parejas de Hecho), con objeto de que podamos estudiar cómo podemos ayudarte. Recuerda que el escrito que nos envíes debe venir firmado, con objeto de agilizar la tramitación.

También puedes ponerte en contacto con esta Institución de forma telefónica en el teléfono 954 21 21 21.

Saludos.

Maria (no verificado) | Julio 30, 2024

Atentamente,

Quisiera consultar sobre el estado de mi certificado de pareja de hecho que formalicé en el Ayuntamiento de Motril, Granada, el 8 de abril de 2024. El 12 de abril me informaron que mi pareja y yo habíamos sido notificados de la aceptación de la "solicitud de registro de pareja de hecho" y que todos los documentos que presenté eran correctos. Hace aproximadamente cuatro meses que se celebró el contrato y aún no he recibido el certificado. Hace dos semanas me puse en contacto con el 012 y se me informó que recibiría el certificado de pareja de hecho a través del certificado digital en un plazo de dos semanas, pero aún no lo he recibido en mis datos del certificado digital. ¿Qué debo hacer ahora?

Atentamente,

El DPA responde | Agosto 1, 2024

Hola María,

Esta Institución no gestiona los expedientes del Registro de Parejas de hecho. Te recomendamos que contactes con la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad de tu provincia, que es la Administración competente en el asunto, y traslades tu consulta. A continuación te facilitamos el siguiente enlace con los datos de contacto de las delegaciones territoriales por provincia.

Si detectas alguna irregularidad o demora en la tramitación de tu solicitud, te recomendamos que nos remitas un escrito (en el siguiente enlace te indicamos las vías que tienes para ello: pincha aquí), adjuntando toda la información que tengas sobre esta cuestión (principalmente la copia de la solicitud de inscripción en el Registro de Parejas de Hecho), con objeto de que podamos estudiar cómo podemos ayudarte. Recuerda que el escrito que nos envíes debe estar firmado, con objeto de agilizar la tramitación. También puedes ponerte en contacto con esta Institución de forma telefónica en el teléfono 954 21 21 21.

Saludos.

Candy03 (no verificado) | Julio 9, 2024
El DPA responde | Julio 10, 2024

Buenos días Candy03. Nos ha llegado tu comentario pero no vemos el contenido. Creemos que se debe a tu navegador. Tendrás que actualizar tu navegador o cambiar a otro navegador para poder publicar el contenido de tu comentario. Gracias y un saludo.

brian rodriguez... (no verificado) | Junio 26, 2024

buenas tardes,

hemos presentado todas las documentaciones necesarias para la unión de hecho el 15 de junio de este año, tras no recibir ninguna notificación e ido hasta la provincial de igualdad y bienestar social y me indicaron que tengo cita para dentro de 15 días para el acto de comparecencia con todas las documentaciones nuevamente. Me podrías ayudar explicando de que se trata todo? la inscripción que realice no funciono y se debe de hacer nuevamente y esperar 3 a 6 meses?
Quedo atento a la ayuda,

saludos

brian

El DPA responde | Julio 2, 2024

Hola Brian, Te informamos que según el Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía, con entrada en vigor el 17 de febrero de 2024, el plazo del que dispone la Administración para resolver tu inscripción en el Registro de Parejas de Hecho, es de tres meses.

Dado que según nos cuentas has realizado dicha inscripción hace unos días y tienes dudas de si el trámite se ha realizado adecuadamente, te recomendamos que contactes con la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad de tu provincia, que es la Administración competente en el asunto, y traslades tu consulta. A continuación te facilitamos el siguiente enlace con los datos de contacto de las delegaciones territoriales por provincia.

 

Si detectas alguna irregularidad o demora en la tramitación de tu solicitud, te recomendamos que nos remitas un escrito (en el siguiente enlace te indicamos las vías que tienes para ello: pincha aquí), adjuntando toda la información que tengas sobre esta cuestión (principalmente la copia de la solicitud de inscripción en el Registro de Parejas de Hecho), con objeto de que podamos estudiar cómo podemos ayudarte. Recuerda que el escrito que nos envíes debe venir firmado, con objeto de agilizar la tramitación. También puedes ponerte en contacto con esta Institución de forma telefónica en el teléfono 954 21 21 21.

Saludos.

Agustín (no verificado) | Mayo 23, 2024

Hola buenos días, el 9 de febrero presenté la solicitud de pareja de hecho con mi pareja, aún no hemos tenido ninguna respuesta. Hoy llamamos y nos dijeron que el trámite puede demorar hasta 6 meses, cuándo en un principio nos habían dicho 3 meses.
Necesito que se acredite nuestro estado como pareja de hecho para poder presentar la solicitud de reagrupación familiar

El DPA responde | Mayo 29, 2024

Hola Agustín

Te informamos que según el Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía, con entrada en vigor el 17 de febrero de 2024, el plazo del que dispone la Administración para resolver tu inscripción en el Registro de Parejas de Hecho, es de tres meses.

https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/d...

Dado que aún no has recibido respuesta por parte de la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad de tu provincia, te recomendamos que nos remitas un escrito (en el siguiente enlace te indicamos las vías que tienes para ello: pincha aquí), adjuntando toda la información que tengas sobre esta cuestión (principalmente la copia de la solicitud de inscripción en el Registro de Parejas de Hecho), con objeto de que podamos estudiar cómo podemos ayudarte. Recuerda que el escrito que nos envíes debe venir firmado, con objeto de agilizar la tramitación.

También puedes ponerte en contacto con esta Institución de forma telefónica en el teléfono 954 21 21 21.

Saludos.

José Manuel (no verificado) | Marzo 26, 2024

Presenté solicitud en el Registro de Parejas de Hecho en un Ayuntamiento, el 5 de febrero, y recibí la resolución favorable por parte de este Registro, el 23 de febrero. Estoy a la espera del Certificado de Inscripción ¿Tengo que tener en cuenta el plazo de 1 o 3 meses, dado que no hay ninguna disposición transitoria en el nuevo Decreto y solo me puedo amparar a la Ley 39/2015, donde mi solicitud estaría sometida a la norma anterior a la nueva por haberse presentado antes de entrar en vigor? Gracias.

El DPA responde | Marzo 27, 2024

Hola Jose Manuel,

Según la normativa vigente en relación al Registro de Parejas de Hecho en Andalucía (Art. 19.4 del Decreto 35/2005, de 15 de febrero, por el que se constituye y regula el Registro de Parejas de Hecho), se recoge expresamente que el plazo para emitir resolución es de un mes, pero no se hace referencia expresa al plazo para obtener el certificado de inscripción en dicho registro.

En estos casos, y siguiendo lo dispuesto en el Art.21.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: "Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.", por lo que entendemos que ese es el plazo máximo que dispone la Administración para darte respuesta.

De todas formas puedes trasladar tu duda a la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad de tu provincia que es la administración que tiene competencias en el asunto que nos trasladas. Te facilitamos los datos de contacto en el siguiente enlace.

Saludos.

Ana (no verificado) | Marzo 7, 2024

Me llegó una notificación de pareja de echó,me dicen que tengo que mandar un correo antes del 17 eso es bueno o malo

El DPA responde | Marzo 8, 2024

Buenos días Ana. No tenemos conocimiento del contenido de la notificación. Te aconsejamos que traslade tu consulta al organismo que ha expedido dicha notificación. Gracias y un saludo

Mercedes (no verificado) | Marzo 3, 2024

Hola, me inscribí en la pareja de hecho hace ya más de 3 meses y sigo sin respuestas. Me meto en mis trámites y me sale solicitud presentada.. La verdad que me hace falta el papel con la resolución y se está demorando mucho. Además de no tener noticias para saber si realmente rellenamos la inscripción bien, nos falta papeles por aportar o al menos alguna respuesta.

Aisha (no verificado) | Marzo 5, 2024

Hola, qué tal? Cómo hacen para ver el estado del trámite por favor, podrían ayudarme, llevo 5 meses de espera pero nunca he podido ver cómo va mi trámite.

El DPA responde | Marzo 5, 2024

Hola Mercedes,

Te informamos que según el Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía, con entrada en vigor el 17 de febrero de 2024, el plazo del que dispone la Admisnitración para resolver tu inscripción en el Registro de Parejas de Hecho, es de tres meses.

Dado que aún no has recibido respuesta por parte de la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad de tu provincia, te recomendamos que nos remitas un escrito (en el siguiente enlace te indicamos las vías que tienes para ello: pincha aquí), adjuntando toda la información que tengas sobre esta cuestión (principalmente la copia de la solicitud de inscripción en el Registro de Parejas de Hecho), con objeto de que podamos estudiar cómo podemos ayudarte. Recuerda que el escrito que nos envíes debe venir firmado, con objeto de agilizar la tramitación.

También puedes ponerte en contacto con esta Institución de forma telefónica en el teléfono 954 21 21 21.

Saludos.

Wendy (no verificado) | Marzo 1, 2024

Emos recibido hoy la carta de resolución aprobada por parejas de echo ,pero no se que pasos se sigue después de haberlo recibido.me gustaría que me acesoraran conforme el tema ...gracias !!

El DPA responde | Marzo 5, 2024

Hola Wendy,

Para poder atenderte adecuadamente y conocer la pretensión de tu consulta, te recomendamos que nos dejes un número de teléfono en el que poder contactar contigo o nos llames al 954212121.

Saludos.

Mercedes (no verificado) | Marzo 3, 2024

Cuánto tiempo te ha tardado?

Carlos (no verificado) | Febrero 27, 2024

K tiempo están tardando en Barcelona para k llegue la resolución favorable d pareja d hecho llevo 3 meses ya y nada todo los día me meto en el expediente está en trámites

Escribir un comentario

Texto plano

  • No se permiten etiquetas HTML.
  • Las direcciones de las páginas web y las de correo se convierten en enlaces automáticamente.
  • Saltos automáticos de líneas y de párrafos.

Sus datos personales están protegidos.

  • Defensor del Pueblo Andaluz
  • Otras defensorías