Queja número 19/6730
En relación con expediente de queja recibido en esta Institución relativo a reclamación de tributos locales (IBI) tras dación en pago de vivienda, el Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal "Opaef" de la Diputación Provincial de Sevilla, nos traslada la siguiente información:
“En relación con esta solicitud, informa la Directora de la oficina de atención al contribuyente de Sanlúcar la Mayor que se atendió la solicitud de levantamiento de la retención de cuenta corriente por importe de 1.936,92 euros, atendiendo al artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Se acompaña copia de la notificación practicada en la que consta el importe de la diligencia de embargo (es decir, el importe de la deuda en período ejecutivo previa al embargo), la cantidad retenida, y la efectivamente embargada, al tratarse de un levantamiento parcial.
Consta como remitida el 21 de julio y entregada el 5 de agosto de 2020, si bien hasta la fecha no se ha recibido el informe de Correos. Por tanto, se ha estimado parcialmente la pretensión de la interesada, la cual, de no estar conforme, ha dispuesto de plazo para interponer el correspondiente recurso, lo cual no consta.”
Tras un detenido estudio de dicha información se deduce que el asunto objeto de su queja se encuentra solucionado, por lo que con esta fecha procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el presente expediente.
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