La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Atienden su petición de devolución de ingresos indebidos por la plusvalía

Queja número 20/5423

En relación con expediente de queja recibido en esta Institución referente al silencio mantenido por la Administración a la reclamación formulada por devolución de ingresos indebidos por IIVTNU, el Ayuntamiento de San Fernando nos traslada la siguiente información:

Se comprueba que entre los ejercicios 2007 y 2018 se ha incrementado tanto el valor catastral como el valor fiscal del inmueble, por lo que esta Administración, en base a lo dispuesto en el articulo 57 de la Ley 58/2003 de 17 de Diciembre. General Tributaria, no ha considerado acreditado lo alegado por el sujeto pasivo.

En fecha 07/09/2020 ha tenido entrada en esta Administración recurso de reposición interpuesto contra el decreto de fecha 10/08/2020 en el que se desestimaba la solicitud de la Sra (...), que fue notificado el día 18/08/2020. Junto a dicho recurso aporta certificados de tasación del inmueble transmitido a la fecha de compra y a la de venta. Este recurso se encuentra pendiente de resolución debido a la acumulación de expedientes similares.

Significar que a pesar de haberse rechazado inicialmente la solicitud presentada, aún no se ha emitido la liquidación correspondiente al tributo declarado, por lo que en ningún caso se ha causado perjuicio alguno al sujeto pasivo.

Cualquier tipo de demora en este asunto trae causa en la situación en la que se encuentran todos los Ayuntamientos de territorio común que exigen el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana ante la falta de adaptación de la regulación del tributo a los dictados de la Sentencia del Tribunal Constitucional STC 59/2017, publicada el día 15 de Junio de 2017 y la consiguiente inseguridad jurídica a la que somete tanto a la Administración como a los administrados en su aplicación.”

Tras un detenido estudio de dicha información, dado que el presente expediente de queja se inició a los únicos efectos de romper el silencio mantenido por la Administración a su solicitud, y considerando que dicha cuestión ha quedado solventada, procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente de queja.

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