La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Atienden su escrito sobre la ayuda solicitada por hijos menores a su cargo

Queja número 20/4577

La presente queja fue tramitada a fin de analizar la preocupación del interesado por la tramitación y abono de las ayudas de familia numerosa. A tal efecto, nos dirigimos ante las autoridades de la Delegación Territorial de Salud y Familias de Málaga para solicitar la información necesaria sobre las actuaciones llevadas a cabo en relación con dicha ayuda solicitada.

Con fecha 30 de octubre de 2020 se ha recibido el informe un texto remitido desde los servicios de la Delegación Territorial de Salud y Familias de Málaga. Dicho texto explicaba:

(...) Con fecha 20/08/2020, se requiere por correo certificado a D. D. para que presente Declaración Responsable de renovación de la ayuda para 2020, junto a Declaración del Impuesto sobre la renta de las personas físicas del ejercicio 2019 y Certificado colectivo de empadronamiento actualizado, con el fin de verificar el cumplimiento de que las condiciones se siguen manteniendo para la anualidad 2020, una vez cumplido el primer año desde su solicitud, es decir, debe solicitarse la renovación a partir del 11/07/2020. El citado requerimiento fue notificado a D. D. el 27/08/2020 a las 14:03 horas.

A fecha del presente escrito, no se ha recibido por parte de D. D. la documentación necesaria para comprobar si se siguen manteniendo en la anualidad 2020 las condiciones que permitieron la concesión de la citada ayuda en la anualidad 2019, por lo que no se puede proceder al pago de dicha anualidad (...).

Al dar traslado de tal información al interesado, se ha impulsado el cumplimiento de tales trámites y, con los datos requeridos y aportados, confiamos se concluya el procedimiento y el pago de las cantidades pendientes.

Por tanto, creemos entender que el asunto se encuentra en vías de solución aun cuando desconocemos la fecha exacta en la que se procederá al abono final de los pagos. Así pues, podemos dar por concluidas nuestras actuaciones procediendo a la finalización de los trámites de la presente queja.

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