Queja número 14/2502
La Administración informa que acepta la Recomendación.
Esta Institución viene tramitando el presente expediente de queja a instancias de una persona disconforme por no haberle sido abonada la beca que le fue concedida, y por la que realizó la prestación comprometida de educadora-becaria en un centro de protección de menores durante el curso 2013- 2014.
En la tramitación del expediente quedó acreditado que esta persona presentó la correspondiente solicitud conforme a la Orden reguladora de la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, siéndole reconocida dicha beca el 21 de octubre de 2013, siendo publicada para su conocimiento y eficacia en el portal web de la Consejería.
Posteriormente, en noviembre de 2013, se realizan los trámites económico- presupuestarios necesarios para el pago de dicha subvención, siendo así que en esos momentos la Intervención Provincial emite un reparo al expediente argumentando la carencia de fiscalización previa. En consecuencia, al haber quedado paralizado el expediente y por considerar subsanables las irregularidades señaladas por la Intervención, se remite el expediente a los servicios centrales de la Consejería para que fuese tramitado un expediente de convalidación de gastos, en el cual el Gabinete Jurídico de la Consejería emite, con fecha 14 de abril de 2014, un informe negativo a dicha convalidación por considerar que se daba una causa de nulidad del acto administrativo.
Tras constatar esta información, desde esta Defensoría, solicitamos de la Delegación Territorial la emisión de un informe sobre las actuaciones que se estuvieran realizando para abonar la prestación económica demandada por la interesada, al que la administración contestó que el expediente contable correspondiente a la subvención para la cobertura de la beca de educadora del centro de menores no pudo ser subsanado al existir un informe de la asesoría jurídica en este sentido. En este caso y al concurrir posibles causas de nulidad, deberá ser la interesada la que se dirija a la Administración para reclamar patrimonialmente las cantidades que considerara que se le adeudan en función de la plaza de educador becario que vino ejerciendo en el curso 2013-2014. Teniendo en cuenta lo anterior la revisión del expediente por las causas indicadas no conlleva necesariamente el pago.
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