Queja número 25/0396
Un vecino de Cádiz nos planteó queja por el ruido que percibía en el interior de su domicilio procedente de la actividad de un bar con música ubicado bajo la misma. Relataba que a pesar de las denuncias y las medidas correctoras adoptadas, que habían sido insuficientes, la inmisión acústica permanecía y añadía que “las modificaciones constantes en el sistema de sonido, los conciertos no autorizados y la falta de control por parte de las autoridades hacen que dormir allí sea muy incómodo”.
También nos decía que en diciembre de 2024 había solicitado en el Ayuntamiento de Cadiz “los registros del limitador, ya que han cambiado la instalación y el ayuntamiento de Cádiz me dice que no tienen medios y que el técnico va a tardar en dar respuesta”. En esa solicitud advertía que el bar había llevado a cabo modificaciones en sus instalaciones sin haber obtenido previamente la autorización municipal correspondiente y sin seguir cumpliendo con las medidas correctoras.
Aportaba, entre otros documentos, oficio del 13 de septiembre de 2023 en el que se le informaba que el bar tenía prohibido “cualquier actuación en directo o karaoke” y un informe de ensayo acústico.
Del relato se desprendía que en el momento de la queja y desde hacía algún tiempo, se habrían incumplido las condiciones y prohibiciones impuestas y que presuntamente el limitador-controlador podría haber sido desactivado, generando nuevamente inmisiones acústicas en el colindante, sin que el Ayuntamiento tomase ninguna medida.
Admitimos a trámite la queja y solicitamos la colaboración del Ayuntamiento de Cádiz, que ha emitido dos informes.
En el primero nos daban cuenta de que, tras la solicitud del reclamante, se había instado al titular del bar a presentar la documentación correspondiente en el Ayuntamiento.
En el segundo informe nos daban cuenta de que el titular del bar había cumplido el requerimiento y que en abril de 2025 se le había facilitado al interesado “la documentación requerida, consistente en certificado de registro sonográfico o de almacenamiento de los niveles sonoros habidos en el local durante los últimos 12 meses,...”. Se adjuntaba copia de dichos registros, en uno de los cuales se indicaba, en el apartado de conclusiones, que el funcionamiento del aparato podía considerarse “correcto”.
Como quiera que la queja en esta Institución venía motivada por la falta de respuesta del Ayuntamiento de Cádiz a la petición de los datos del limitador-controlador del referido establecimiento, y se los habían facilitado al interesado, consideramos que la cuestión de fondo quedaba resuelta, por lo que dimos por terminada nuestra intervención en este expediente y procedimos a su archivo.








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