Queja número 21/0188
En relación con expediente de queja recibido en esta Institución referente al silencio mantenido por la Administración a recurso de reposición, el Ayuntamiento de de Torremolinos nos traslada la siguiente información:
“En relación al expediente “21/188”, del Defensor del Pueblo Andaluz, sobre queja presentada en esa institución, por D. J. M. M. C., con DNI. Nº …, le comunico que el 28 de diciembre de 2018, el citado presentó escrito, en el que expone que la Gerencia Territorial del Catastro, en septiembre de 2018, resuelve el expediente de subsanación de discrepancias relativo al inmueble con referencia catastral 402923UF6542N001GY, de Torremolinos, solicitando la devolución de los importes pagados en exceso en concepto de IBI.
Con fecha 15 de noviembre de 2019, y mediante Decreto nº 10495, se le desestima dicha petición, en base a que “el acuerdo de la Dirección General del Catastro está fechado el 11 de septiembre de 2018, por lo que los efectos del mismo se verán reflejados en el Padrón de IBI del año 2019, y no con anterioridad”.
Dicho acuerdo le fue notificado el 22 de noviembre de 2019, y recepcionado por el interesado el 10 de diciembre de 2019.
Respecto a su solicitud de certificado de silencio, presentada el 21 de diciembre de 2020, no ha lugar, ya que su recurso fue resuelto y contestado”.
Tras un detenido estudio de dicha información, dado que el presente expediente de queja se inició a los únicos efectos de romper el silencio mantenido por la Administración a sus escritos de fechas 10 de diciembre de 2018 y 21 de diciembre de 2020, y considerando que dicha cuestión había quedado solventada, procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente de queja.
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