La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Aplicaron el protocolo ante un positivo en una escuela infantil pero es necesario una información más ágil con las familas

Queja número 20/5855

La presente queja fue tramitada a fin de analizar la preocupación del interesado por la aplicación efectiva de los protocolos dispuestos ante los riesgos de la pandemia de Covid-19 para el curso 2020/2021. A tal efecto, nos dirigimos ante las autoridades sanitarias para solicitar la información necesaria sobre las actuaciones llevadas a cabo a partir de la confirmación de un caso positivo en una escuela infantil que afectaba a su hijo por mantener contactos próximos.

Con fecha 20 de octubre de 2020 se ha recibido un texto remitido desde los servicios de la Delegación Territorial de Salud de Granada. Dicho texto explicaba:

Definición de contacto estrecho.

El estudio y seguimiento de los contactos estrechos tiene como objetivo realizar un diagnóstico temprano en aquellos que inicien síntomas y evitar la transmisión en periodo asintomático y postsintomático.

A la hora de definir quiénes son los contactos estrechos se tendrá en cuenta y se valorará si se han seguido de forma efectiva las medidas de prevención e higiene adoptadas en el centro educativo,

A efectos de la identificación se clasifican como contactos estrechos:

Si el caso confirmado pertenece a un grupo de convivencia estable (CCE): se considerarán contactos estrechos a todas las personas pertenecientes al grupo.

Por lo tanto, su hijo fue identificado como un contacto estrecho de ese niño que se confirmó como positivo y el manejo de los contactos estrechos es el siguiente. según protocolo:

Cuarentena y vigilancia: Se indicará cuarentena durante los 10 días (actualmente, previamente eran 14 días), posteriores al último contacto con un caso confirmado. Durante este periodo de 10 días, se indicará que las personas en cuarentena vigilen su estado de salud y ante la aparición de cualquier síntoma compatible se comunique al sistema sanitario según se establezca en cada CC.AA. De forma adicional, se indicará que durante los 4 días siguientes a la finalización de la cuarentena se siga vigilando la posible aparición de síntomas y, si esto se diera, se deberá permanecer aislado en el domicilio y comunicarlo rápidamente de la forma establecida.

Por lo tanto, siguiendo las directrices del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, así como la normativa vigente en nuestra comunidad autónoma, no se identifica ninguna desviación de protocolo, ni actuación incorrecta por parte de los servicios sanitarios, en relación al caso del hijo.

Lamentamos mucho los retrasos que llevamos en ciertas ocasiones para comunicar resultados negativos, pues se priorizan los positivos, estamos haciendo todo el esfuerzo posible para que esto no sea así, pero el ritmo que marca la pandemia, es a veces muy difícil superarlo”.

Ciertamente, del contenido de la respuesta dada por la Administración se deduce la voluntad de aplicar y responder eficazmente con las previsiones establecidas en estos protocolos. Por tanto, creemos entender una respuesta colaboradora y comprometida para disponer diversas medidas en los términos que el propio interesado sugiere en su queja, si bien la principal disfunción se encuentra en la mejorable comunicación de los resultados obtenidos de las pruebas y análisis que, aun siendo afortunadamente negativos, se demoraron en su transmisión a la familia afectada.

No es necesario destacar la dificultades a las que está sometido el conjunto del sistema sanitario ante los impactos de esta terrible pandemia. La saturación de los recursos materiales disponibles y el desempeño extremo de los profesionales, a lo largo de este dilatado periodo de tiempo, están amenazando la estabilidad del propio sistema. En ese contexto parece situarse el criterio de comunicar a los interesados los resultados de detección del Covid-19 cuando resultan positivos, postergando la gestión de comunicar los supuestos de resultados negativos.

Este criterio adoptado se construye sobre una situación que puede generar la comprensión ante las dificultades que pesan en los servicios sanitarios y propician una cierta justificación ante estas presiones en la gestión de los servicios. Y, en todo caso, los supuestos producidos de contagio y las respuestas dadas han sido conforme al protocolo diseñado, lo que no acredita motivos para elaborar un pronunciamiento formal desde esta Institución en un sentido reprobatorio ante la Delegación Territorial.

No obstante, sí queremos compartir la lógica preocupación del interesado y su familia por la falta de información sobre los resultados de las pruebas realizadas, cuya espera puede convertirse en un espacio de tiempo para la duda y la angustia, sin poder descartar ante este silencio el contagio de su hijo sometido al riesgo de contagio y los efectos posteriores en el resto del núcleo familiar. De ahí que señalemos ante la Delegación Territorial de Salud la necesidad de extremar las labores de comunicación e información a los afectados ganando en rapidez y transparencia respecto de los resultados de las pruebas de Covid-19, aun cuando éstos fueran negativos con la mayor agilidad posible.

Así pues, podemos dar por concluidas nuestras actuaciones procediendo a la finalización de los trámites de la presente queja.

¿Te preocupa algo o tienes alguna duda?

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