La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Ante la demanda de la familia, estudian las necesidades educativas de su hijo para establecer su mejor atención

Queja número 25/7581

La Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, y Defensor del Pueblo Andaluz, tramita la presente queja relativa a los procesos de evaluación, dictamen y estudio del alumnado con necesidades educativas y los consiguientes refuerzos de apoyo de profesionales para su atención y apoyo, en el centro educativo de referencia.

En su día nos dirigimos ante la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Jaén trasladando dicha problemática y hemos recibido comunicación sobre el tema con fecha 10 de agosto de 2025.

PRIMERO: Tomando como referencia lo establecido en el Decreto 147/2002, de 14 de mayo, por el que se establece la ordenación de la atención educativa de los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales asociadas a sus capacidades personales y lo establecido en la Orden de 19 de septiembre de 2002, por la que se regula la realización de la evaluación psicopedagógica y el dictamen de escolarización, se entiende la evaluación psicopedagógica como requisito para la identificación de NEAE, consistente en diversas actuaciones encaminadas a recoger, analizar y valorar la información sobre las condiciones personales del alumno, su competencia curricular, con objeto de delimitar sus necesidades educativas y fundamentar la toma de decisiones que proporcione una respuesta educativa ajustada, que a su vez permita desarrollar, en el mayor grado posible, las competencias y capacidades establecidas en el currículo.

Por otro lado, el dictamen de escolarización es un informe fundamentado en la evaluación psicopedagógica en el que se determinan las necesidades educativas especiales y se concreta la propuesta de modalidad de escolarización, así como la propuesta de ayudas, apoyos y adaptaciones que cada alumno o alumna requiera.

Conforme se ha señalado anteriormente, para determinar las necesidades educativas y la modalidad de escolarización del alumno se han elaborado dos dictámenes de escolarización, de fecha 18/06/2020 y 29/04/2022. El primero de ellos, realizado al finalizar la etapa de educación infantil, determina una modalidad de escolarización B (Grupo ordinario con apoyos en periodos variables). El segundo dictamen, realizado a la finalización del 2º curso de educación primaria, propone un cambio de modalidad de Grupo Ordinario con apoyos en periodos variables a Aula de Educación Especial en centro ordinario (modalidad C), matriculándose en el aula específica TEA para cursar Educación Especial-Formación Básica Obligatoria.

Según el artículo 7 del Decreto 147/2002, el dictamen de escolarización será realizado por los equipos de orientación educativa y se podrá revisar con carácter ordinario al término de las etapas de educación infantil, primaria y secundaria, y en el caso del alumnado escolarizado en un aula específica en un centro ordinario, cuando se traslade de un aula específica en un centro de primaria a un aula específica en un instituto de educación secundaria o, en el caso de que permanezca durante todo el periodo de formación básica obligatoria en un mismo centro, al menos una vez durante dicho periodo, siendo recomendable que coincida con las edades de cambio de ciclo. El dictamen de escolarización también podrá ser revisado con carácter extraordinario, cuando se produzca una variación significativa de la situación del alumno o alumna con NEE. En este caso la revisión deberá estar motivada y podrá ser realizada, además de por decisión del EOE, a petición de los representantes legales del alumnado, del profesorado, del Servicio de Inspección Educativa, el ETPOEP, mediante solicitud por escrito al EOE.

Los plazos para la realización de los dictámenes de escolarización, teniendo en cuenta la necesaria planificación de los recursos del sistema educativo, tendrán que estar finalizados y bloqueados en el sistema de información Séneca con anterioridad a la finalización del mes de abril. No obstante, se podrán elaborar dictámenes de escolarización en cualquier momento del curso, sin que pueda garantizarse en este caso la provisión de los recursos específicos propuestos para el próximo curso.

Por último, en caso de disconformidad con la evaluación psicopedagógica o el dictamen de escolarización, los padres o representantes legales del alumno podrán formular reclamaciones, de acuerdo con el procedimiento establecido en las Instrucciones de de 8 de marzo de 2017, de la Dirección General de Participación y Equidad, por las que se actualiza el protocolo de detección, identificación del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo y organización de la respuesta educativa.

En conclusión, si se ha producido una variación significativa en la situación del alumno podrá revisarse con carácter extraordinario el dictamen de escolarización, solicitándolo por escrito al EOE. No obstante, para que el alumno pueda matricularse de nuevo en Educación Primaria, será necesario revisar dicho dictamen y que éste determine el cambio de modalidad de escolarización a modalidad B, según considere el orientador/a de referencia del EOE así como el especialista en TEA del EOE Especializado. Si los padres y representantes legales del alumno no estuvieran conformes con el resultado y propuesta incluida en el dictamen, podrán iniciar los procesos de revisión y reclamación que correspondan.

SEGUNDO: El artículo 116 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, señala como uno de los motivos de inadmisión de los recursos administrativos el carecer manifiestamente de fundamento. En este caso, el alumno está matriculado en Educación Especial Formación Básica Obligatoria desde el curso 2022/2023, por lo que no puede pasar a cursar otro tipo de enseñanza sin previamente realizar una revisión del dictamen de escolarización, de modo que la solicitud de admisión realizada por los representantes legales en un centro que no cuenta con los recursos específicos ni con el concierto administrativo para impartir estas enseñanzas, carece de fundamento y necesariamente tiene que ser desestimada.

Por todo ello, tras el análisis de los hechos conforme a la normativa vigente, considera que el recurso de alzada contra la resolución del proceso de admisión carece de fundamento al solicitar un puesto escolar en un nivel y enseñanza que el alumno no puede cursar según lo establecido en su dictamen de escolarización. Por otro lado, si los padres y representantes legales consideran que se ha producido una variación significativa en la situación del alumno con necesidades educativas especiales, no están conformes con la respuesta y medidas educativas que el centro está adoptando, y quieren revisar la modalidad de escolarización, podrán solicitar una revisión con carácter extraordinario del dictamen de escolarización, mediante solicitud dirigida al Equipo de Orientación Educativa.”

Tras estudiar el informe enviado, hemos de comprobar la reacción adoptada por las autoridades educativas desde la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Jaén para abordar las necesidades del alumno y de su familia.

También observamos que el informe recibido de la Delegación explica los procesos regulados para definir el estudio y evaluación del alumnado que deba ser atendido por los Equipos de Orientación y Evaluación. Como se indica en las Instrucciones de 8 de marzo de 2017, la finalidad es lograr aportar un criterio técnico y especializado sobre las características de los alumnos y alumnas que presenten indicios o signos que aconsejan ofrecer un dictamen sobre las necesidades de apoyo que, en su caso, se determinen.

Este singular apoyo deriva de los respectivos informes psicopedagógicos de cada alumno o alumna que permite determinar las necesidades de recursos específicos del alumnado de necesidades educativas especiales. Además, en función del dictamen de escolarización, se establece, en ocasiones, la atención en centros específicos de educación especial, o bien en aulas específicas en centros ordinarios o bien la atención del alumnado se realiza dentro de las aulas con apoyos en periodos variables para que el alumnado pueda continuar con su desarrollo evolutivo y formativo y su integración global en la sociedad.

Por otra parte, los recursos se distribuyen cada curso escolar, tras el estudio de las necesidades detectadas en todos los centros educativos a través de los Servicios de Ordenación Educativa proponiendo la distribución de estos recursos personales.

Pues bien, en el marco de esta metodología, observamos que se han acogido las peticiones de la familia atendiendo a los sesgos que se relatan sobre posibles indicios de notas o características de que el menor presentaba necesidades de atención específica. Para atender esta petición, los servicios educativos han evidenciado una atención y seguimiento del alumno a lo largo de sus etapas educativas iniciales y ha sido atendido por los EOE para disponer las evaluaciones y dictámenes sucesivos que se indican y se determina que “El segundo dictamen, realizado a la finalización del 2º curso de educación primaria, propone un cambio de modalidad de Grupo Ordinario con apoyos en periodos variables a Aula de Educación Especial en centro ordinario (modalidad C), matriculándose en el aula específica TEA para cursar Educación Especial-Formación Básica Obligatoria”.

La asignación de los recursos que requiere el alumno motiva aportar su plaza en un CEIP con los dispositivos de aula específica que se derivan del dictamen, lo que suscita la controversia de la familia que prefiere la presencia del menor en su CDP anterior que, sin embargo, no se encuentra habilitado para disponer de los apoyos específicos que el menor necesita.

Es este tipo de situaciones, debemos señalar que esta Defensoría de la Infancia y la Adolescencia y Defensor del Pueblo Andaluz no puede contradecir los criterios técnicos elaborados desde los profesionales del sistema educativo, puesto que no corresponde a esta Institución la supervisión de los cometidos propios de los especialistas en las distintas disciplinas que intervienen en estos procesos de estudio y dictamen. Pero sí nos manifestamos decididamente por agilizar las respuestas de estos Equipos cuando las circunstancias acreditan su necesaria intervención, conforme a la normativa y protocolos que están establecidos

En este sentido, asumiendo el procedimiento señalado para la evaluación del menor, también añade la Delegación que “para que el alumno pueda matricularse de nuevo en Educación Primaria, será necesario revisar dicho dictamen y que éste determine el cambio de modalidad de escolarización a modalidad B, según considere el orientador/a de referencia del EOE así como el especialista en TEA del EOE Especializado”. Y, más concretamente, se añade que “Si los padres y representantes legales del alumno no estuvieran conformes con el resultado y propuesta incluida en el dictamen, podrán iniciar los procesos de revisión y reclamación que correspondan”.

Comprendiendo la preocupación generada en la familia por disponer de los recursos adecuados, valoramos que la situación se está abordando desde unas pautas razonables y, por ello, consideramos que el asunto parece encontrarse en las vías adecuadas de respuesta, quedando ahora la aplicación de las medidas y apoyos específicos que se acuerden para la mejor atención educativa integral e inclusiva el alumno de cara al próximo curso.

Finalmente, también observamos la cumplida información que se ha ofrecido a la familia sobre las vías de reclamación o impugnación que la normativa aludida les ofrece para hacer valer sus posicionamientos sobre el caso.

Y así, procedemos a concluir nuestra intervención quedando dispuestos a realizar todas las actuaciones de seguimiento que resulten oportunas.

¿Te preocupa algo o tienes alguna duda?

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