La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

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Amplían el vado de un garaje utilizado por una persona con discapacidad para facilitar su salida y acceso

Queja número 18/5413

El reclamante denunciaba que, con el estacionamiento de dos vehículos, uno a cada lado, al limite de la puerta del garaje de su vivienda con vado señalizado correctamente, y habiendo vehículos estacionados enfrente de la puerta del garaje, se obstaculizaba la salida y la entrada de vehículos al inmueble.

Aludía a que esta situación se correspondía con el supuesto recogido en el párrafo 2 del art. 91 del RGC, apartado c “Cuando se obstaculice la utilización normal del paso de salida o acceso a un inmueble de personas o animales, o de vehículos en un vado señalizado correctamente.”

Con objeto de prevenir estacionamientos que obstaculizasen la salida o entrada de vehículos al garaje de su vivienda, solicitó al Ayuntamiento de Valencina de la Concepción que pintara de color amarillo el bordillo delante de la puerta del garaje de su vivienda en una longitud aproximada a los 3,6 metros.

Después de año y medio el Ayuntamiento ni había dado una solución al problema ni respuesta al respecto, salvo un escrito de fecha 10 de mayo de 2017 que, literalmente, decía "Por recibido su escrito del pasado 20 de marzo de 2107, el Ayuntamiento ha solicitado un estudio jurídico en profundidad del tema que nos ocupa y una vez recibido el mismo nos pondremos en contacto con Ud. a fin de darle una pronta solución al problema que nos traslada.

Admitida a trámite la queja frente al citado Ayuntamiento, éste nos respondió que la Policía Local emitió informe el 10 de septiembre de 2018, afirmando que la petición se adecuaba a lo previsto en el actual Reglamento General de Circulación y que la Ordenanza Municipal coincidía plenamente, por lo que la petición se ajustaba a Derecho.

En la actualidad la situación de estacionamiento que afectaba a la calle donde residía el peticionario y la ingente cantidad de vados allí existentes hacía complicada la convivencia entre vehículos y el libre acceso a los mismos.

La única solución para que el peticionario pudiera acceder con los mínimos problemas de maniobras posible a su vado, tanto a la entrada como a la salida del mismo, pasaba por señalizar mediante señalización horizontal, un metro y medio aproximadamente, o sea, pintando de amarillo la parte derecha de acceso a su vado, dado que al ser dicha calle de dirección única, con solo esa zona sería, en este caso, suficiente. En ese sentido resolvió el Ayuntamiento y lo notificó al interesado.

Habiéndose estimado substancialmente la solicitud del interesado, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

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