Queja número 22/1236
La presente queja fue tramitada por esta Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, y Defensor del Pueblo Andaluz, en relación con la dotación de recursos horarios de personal técnico de integración social (o PTIS) para el alumnado con necesidades especiales en el (IES) Instituto de Enseñanza Secundaria de la provincia de Granada.
Las actuaciones emprendidas se dirigieron a requerir información ante los servicios de la Delegación Territorial de Educación y Deporte. En el informe emitido se recoge:
“En respuesta a la queja iniciada por un alumno del IES con trastorno motórico, que expone su disconformidad con las limitaciones de horario del PTIS que tiene asignado, desde el Servicio de Ordenación Educativa informamos:
Actualmente el IES cuenta con un aumento de 5 horas del recurso de Profesional Técnico de Integración Social (PTIS) por lo que el centro es atendido 15 horas semanales por el PTIS y en comunicación telefónica con la Jefatura de Estudios del IES manifiestan su satisfacción con esta medida”.
En atención al informe recibido desde los servicios educativos, podemos considerar que la situación planteada inicialmente ha sido sometida a estudio y consideración, y finalmente ha merecido un ajuste horario de ampliación en cinco horas añadidas de servicio del profesional citado.
Por tanto, y a tenor siempre del criterio profesional y técnico de los servicios especializados del IES, podemos considerar que la situación expresada en la queja ha quedado, cuando menos, mejorada.
Sin embargo, la posición expresada por el alumno insiste en dotar el servicio de un horario mayor, que debemos acoger con atención y solicitar ―sin llegar a formalizar esta posición como Resolución de la Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía― una reconsideración del régimen horario fijado para atender estas necesidades.
Por otra parte, recordamos la necesidad de informar de la tramitación de la ayuda de transporte que ha sido también motivo de reclamación.
Procedemos pues a concluir nuestras actuaciones, sin perjuicio de mantener un seguimiento del caso en el supuesto de que se produzcan novedades sustanciales.
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