Queja número 22/4377
La Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía y Defensor del Pueblo Andaluz tramita la presente queja, relativa a la tramitación de un procedimiento de responsabilidad patrimonial de un municipio de la provincia de Cádiz.
En su día esta Defensoría se hizo eco de esta situación y nos dirigimos ante el ayuntamiento de la ciudad. Dicho ayuntamiento señaló sobre la cuestión:
“Dando cumplimiento a la petición verbal formulada por la Alcaldía-Presidencia por la que se interesa de esta Asesoría Jurídica que se proceda a la emisión del informe solicitado por escritos del Defensor del Pueblo Andaluz, sobre la demora en la resolución del expediente de responsabilidad patrimonial incoado en esta Asesoría Jurídica a instancias de Dª. ; por esta Letrada se informa que:
El motivo de la demora en la resolución del citado expediente de responsabilidad patrimonial se debe al elevado volumen de trabajo que pesa sobre este Departamento (encargado no sólo de la tramitación en vía administrativa de estos expedientes de responsabilidad patrimonial sino también, y entre otras funciones, de la tramitación de los múltiples procedimientos judiciales en que este Ayuntamiento es parte) y contar dicho Departamento únicamente con la letrada que suscribe.
No obstante lo anterior, y dado que dicho expediente actualmente sólo está pendiente del trámite de audiencia a la interesada, se procederá, a la mayor brevedad posible, al dictado de la resolución finalizadora del citado expediente”.
Así pues, creemos deducir que las autoridades se han mostrado receptivas para abordar las dilaciones del expediente. Podemos, pues, colegir los trámites realizados que pretenden superar esa situación y avanzar en la resolución próxima de dicho expediente. Por tanto, y aun cuando esta conclusión está pendiente de producirse, hemos de tomar en consideración tal compromiso y ofrecer el plazo necesario hasta su definitiva resolución que, confiemos, no se demore.
Así pues, podemos considerar que al día de la fecha el asunto que motivó la intervención sobre la presente queja se encuentra en vías de solución, dando por finalizadas nuestras actuaciones sin perjuicio de desplegar las actividades de seguimiento y control que el caso merece.
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